MONTERO BORJE ANDRES ALEXANDER/DIRECCION REGIONAL METROPOLITANA DE GENDARMERÍA DE CHILE (CRC)
Rol
Fecha
16 de mayo de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece Mario Enrique Venegas Gudenschwager, abogado, en representación de Andrés Alexander Montero Borje, interponiendo recurso de amparo en contra de Gendarmería de Chile, por no haber señalar el día de salida a su representado tras haberse acogido al proceso de reducción de condena establecido en la Ley N°19.856, actuación que considera ilegal y arbitraria, por aplicar retroactivamente la Ley N°21.421 de 2022, vulnerando con ello el derecho a la libertad personal y seguridad individual que la Constitución Política de la República garantiza en su artículo 19, N°7, por lo que solicita se ordene a Gendarmería de Chile disponer en forma inmediata la libertad anticipada del amparado. Expone que el amparado fue condenado a sufrir la pena efectiva de 8 años por delito de robo con intimidación y/o violencia. Señala que su representado se acogió al beneficio de la Ley N°19.856, que establece la rebaja de condena de una persona condenada al cumplimiento de una pena privativa de libertad, pueda reducir el tiempo de su condena, en base a haber demostrado cumplimiento sobresaliente durante su cumplimiento, afirmando que cumple con todos los requisitos para acogerse a dicha Ley, debiendo cumplirse por uso de dicho beneficio que le fuera notificado, los primeros días del mes de junio de 2025. Sin embargo, expone que hasta la fecha, la recurrida aún no notifica a su defendido el día de su salida por termino de condena. Por estas razones, solicita que se acoja el presente recurso y se disponga la inmediata libertad anticipada del amparado. SEGUNDO: Que Gendarmería de Chile, representada por el abogado Néstor Ricardo Rojas Pardo, evacuó el informe solicitado. Expone que el amparado se encuentra postulado en Lista 2 en el actual período 2025, por cumplir los requisitos para ello. Hace presente que la Comisión de Rebaja de Condena caducó el beneficio concedido en el año 2020, por no obtener calificación sobresaliente hasta el año 2024
Fallo
Por estas razones, solicita que se acoja el presente recurso y se disponga la inmediata libertad anticipada del amparado. SEGUNDO: Que Gendarmería de Chile, representada por el abogado Néstor Ricardo Rojas Pardo, evacuó el informe solicitado. Expone que el amparado se encuentra postulado en Lista 2 en el actual período 2025, por cumplir los requisitos para ello. Hace presente que la Comisión de Rebaja de Condena caducó el beneficio concedido en el año 2020, por no obtener calificación sobresaliente hasta el año 2024, por lo que suma solamente 3 meses de rebaja otorgado para el año 2024. Termina solicitando se ratifique que Gendarmería de Chile ha actuado en pleno ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias y con estricto apego a la Constitución Política. TERCERO: Que la acción constitucional de amparo interpuesta procede, conforme lo señala el artículo 21 de la Constitución Política de la República, a favor de quien se encuentra arrestado, detenido o preso, o que sufra cualquier otra privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal o seguridad individual, con infracción de las normas constitucionales o de las leyes, a fin de que la magistratura ordene se guarden las formalidades legales y adopte de inmediato las providencias que juzgue necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. CUARTO: Que, mediante la interposición de la presente acción de amparo, se denuncia la actuación de la recurri
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C.A. de Santiago Santiago, dieciséis de mayo de dos mil veinticinco. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece Mario Enrique Venegas Gudenschwager, abogado, en representación de Andrés Alexander Montero Borje, interponiendo recurso de amparo en contra de Gendarmería de Chile, por no haber señalar el día de salida a su representado tras haberse acogido al proceso de reducción de condena es
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