PEÑA/NUEVA EDUCACIÓN E.I.E
Rol
Fecha
16 de mayo de 2025
Materia
DESPIDO INJUSTIFICADO
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes,
Fundamentos
considerando que en la especie concurren los presupuestos establecidos en el artículo 444 del Código del Trabajo y, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 470 de dicho cuerpo legal, se revoca, en lo apelado la resolución de diecisiete de abril de dos mil veinticinco, dictada por el Juzgado de Letras de Villa Alemana y, en su lugar, se modifica en aquella parte que resuelve al séptimo otrosí de la demanda, resolviendo que: se hace lugar a la medida cautelar precautoria de retención de bienes determinados de propiedad de la demandada, ordenando oficiar al Banco Santander, al Banco Chile, al Banco Crédito e Inversiones, al Banco Scotiabank, al Banco Estado, a fin de que informen si la demandada Nueva Educación E.I.E, Rut 65.159.583-5, mantiene cuentas corrientes u otro tipo de operaciones en dinero en dichas instituciones bancarias y, en el caso de que existan, que procedan a la retención de hasta $4.200.017, debiendo remitir dichas sumas a la cuenta del tribunal. Notifíquese por funcionario habilitado. Devuélvase. N°Laboral - Cobranza-393-2025.
Texto Completo (Preview)
Jbl C.A. de Valparaíso Valparaíso, dieciséis de mayo de dos mil veinticinco. VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes, considerando que en la especie concurren los presupuestos establecidos en el artículo 444 del Código del Trabajo y, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 470 de dicho cuerpo legal, se revoca, en lo apelado la resolución de diecisiete de abril de dos mil veinticinco, dic
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica