MICHEL BENDJY /SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
16 de mayo de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Visto: A folio 1 comparece Emmanuel Bien-Aime, en favor de Bendjy Michel, de nacionalidad haitiana, quien interpone acción de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la dictación de la Resolución Exenta N°24563677 de 9 de diciembre de 2024, mediante la cual rechazó su solicitud de residencia definitiva y dispuso el abandono del país, vulnerando con ello su garantía fundamental del artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la República. Refiere que el amparado ingresa a Chile vía área con la finalidad de asentarse en el país, por lo que solicita el beneficio de residencia definitiva, el cual es rechazado por la resolución recurrida, por no acompañar el pago de la sanción por residencia irregular. Señala que la medida es injusta ya que el intentó pagar la sanción en el sitio web del Servicio Nacional de Migraciones, pero que este no se encontraba en funcionamiento, por lo que se trata de un simple error. Agrega que el amparado cuenta con arraigo laboral, ya que cuenta con cotizaciones previsionales y de salud. *acompaña- cotizaciones fonasa desde julio 2024 mismo empleador, cotizaciones afp desde mayo 2020. A folio 4 evacua informe el Servicio Nacional de Migraciones solicitando desde ya el rechazo en todas sus partes de esta, ya que no se configuran los presupuestos constitucionales ni legales para su interposición. Señala que el 28 de junio de 2021 el amparado solicitó el beneficio de residencia definitiva, y mediante comunicación electrónica de 24 de abril de 2024 se le informó la causal de rechazo, la cual era, no haber pagado la sanción por residencia irregular de acuerdo al artículo 107 de la Ley N°21.325, otorgándole un plazo de 10 días para subsanar. Habiéndose cumplido el plazo de 10 días hábiles otorgados, y no constando el pago de la sanción se procede a dictar la resolución recurrida de 9 de diciembre de 2024, mediante la cual se procedió al rechazo de su solicitud, disponiendo el abandono del país dentro del plazo de 10 días.
Fundamentos
considerando: Primero: Que, el recurso de amparo es un proceso de tutela urgente del derecho fundamental a la libertad personal y seguridad individual, establecido en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la República, que es procedente en aquellos casos en que una persona fuere arrestada, detenida o presa con infracción a la Constitución o a las leyes o sufra cualquier otra privación, perturbación o amenaza al derecho fundamental antes aludido, fuera de los casos en que el ordenamiento jurídico lo permite. Segundo: Que, por esta vía cautelar, se cuestiona la legalidad de la Resolución Exenta N°24563677 de 9 de diciembre de 2024 dictada por el Servicio Nacional de Migraciones, mediante la cual rechazó la solicitud de residencia definitiva y dispuso el abandono del país, la que se funda en no haber acreditado el pago de la multa por haber residido irregularmente, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 107 de la Ley 21.325. Tercero: Que, si bien el amparado no acreditó el pago de la sanción impuesta en el procedimiento administrativo ni durante la tramitación de este juicio, del análisis de los antecedentes acompañados, en especial, las cotizaciones de AFP desde mayo de 2020 y cotizaciones de salud desde julio de 2024, es posible tener por acreditado su arraigo laboral y social en el país. Cuarto: Que, del mérito de lo expuesto, de ejecutarse la orden de abandono que decretó la resolución en estudio, se afecta la libertad personal del amparado, lo que lleva a acoger el recurso de la forma que se dirá en lo resolutivo.
Fallo
Por estas consideraciones y lo establecido en el artículo 21 de la Constitución Política de la República sobre tramitación y fallo del recurso de amparo, se acoge la acción de amparo deducida por Bendjy Michel contra el Servicio Nacional de Migraciones, sólo en cuanto se ordena que se deberá reabrir el procedimiento administrativo otorgando un plazo no inferior a 90 días a fin que acredite el pago de la sanción correspondiente, y luego se deberá resolver lo que en derecho corresponda. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°Amparo-1614-2025. En Valparaíso, dieciséis de mayo de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Valparaíso, dieciséis de mayo de dos mil veinticinco. Visto: A folio 1 comparece Emmanuel Bien-Aime, en favor de Bendjy Michel, de nacionalidad haitiana, quien interpone acción de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la dictación de la Resolución Exenta N°24563677 de 9 de diciembre de 2024, mediante la cual rechazó su solicitud de residencia definitiva y di
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