RUIZ/SUBSECRETARIA DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA,
Rol
Fecha
16 de mayo de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerando: Primero: Que comparece Beatriz Ximena Roa González, abogada, en favor de Andrés Federico Ruiz Álvarez, e interpone recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones y de la Subsecretaría del Interior, por el acto arbitrario e ilegal consistente en omitir pronunciamiento respecto de la solicitud de nacionalización presentada con fecha 6 de julio de 2022. Expone que el recurrente, vive regularmente en Chile y que cumpliendo todos los requisitos que la ley dispone al efecto, presentó solicitud de nacionalización y que no ha tenido noticias respecto del trámite. Indica que la dilación en el pronunciamiento por parte de las autoridades constituye una vulneración a las garantías fundamentales del recurrente. Alega que el actuar de las recurridas supone una vulneración a la garantía del numeral 2° del artículo 19 de la Constitución Política de la República, al no existir respecto de su solicitud un pronunciamiento por parte de la autoridad. Previas citas legales, pide que se ordene al Servicio Nacional de Migraciones que remita los antecedentes a la Subsecretaría del Interior; a esta última a que emita el pronunciamiento que en derecho corresponda respecto de la solicitud de nacionalización presentada; y que en ambos casos, se haga dentro de quinto día hábil desde la notificación de la sentencia, o en el plazo que se ordene de justicia, bajo apercibimiento de remitir los antecedentes al superior jerárquico y a Contraloría General de la República, con costas. Segundo: Que, al comparecer el Servicio Nacional de Migraciones, señala que el 6 de julio de 2022 la parte recurrente solicitó la carta de nacionalización y que previos trámites relativos a entrevista con Policía de Investigaciones, el 13 de mayo de 2024 se remitió a la Subsecretaría del Interior oficio ordinario Nro. 24.674 el expediente íntegro del procedimiento administrativo, la calificación positiva respecto de la solicitud y el proyecto de decreto para someter a la aprobación de la autoridad competente el pronunciamiento. Refiere que, según la minuta respectiva, la documentación fue recibida por la autoridad respectiva el 20 de mayo de 2024, y que, según los registros, a la época del informe, la solicitud se encuentra en etapa de ratificación por la autoridad. Sostiene que el estado de pendencia de su solicitud de carta de nacionalización no conlleva perjuicio alguno a su estatus migratorio, como tampoco al ejercicio de sus derechos o el desenvolvimiento natural del extranjero en el territorio nacional. Precisa que la labor del Servicio Nacional de Migraciones en la tramitación de las solicitudes de carta de nacionalización termina con la remisión, mediante oficio, de la calificación favorable o desfavorable de la solicitud de carta de nacionalización analizada, junto con todos los demás antecedentes aportados, al Gabinete de la Subsecretaría del Interior, para que se otorgue o no la nacionalización, la cual constituye una gracia. En razón de lo anterio
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo preceptuado en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Protección, se decide que se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Andrés Federico Ruiz Álvarez. Decisión acordada con el voto en contra del abogado integrante señor Stitchkin, quien estuvo por acoger el presente arbitrio y ordenar a la autoridad recurrida pronunciarse sobre la petición de la parte recurrente a la brevedad. Tuvo presente para ello que la demora del recurrido evidencia el incumplimiento de la normativa que regula la actividad de la Administración, toda vez que la autoridad respectiva ha desconocido la aplicación de los principios de celeridad, conclusivo, de economía procedimental e inexcusabilidad, en tanto ha dilatado la decisión respecto de la solicitud de residencia definitiva, excediendo el plazo establecido en el artículo 27 de la mencionada Ley N° 19.880. Regístrese y comuníquese. Rol Corte Nro. 2531-2025 (Protección).
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, dieciséis de mayo de dos mil veinticinco. Vistos y considerando: Primero: Que comparece Beatriz Ximena Roa González, abogada, en favor de Andrés Federico Ruiz Álvarez, e interpone recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones y de la Subsecretaría del Interior, por el acto arbitrario e ilegal consistente en omitir pronunciamiento respecto de la so
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