15º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

CAT. ADMINISTRADORA DE TARJETAS S.A./MONTILLA

Rol

Fecha

29 de julio de 2025

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Que conforme a lo dispuesto en el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba, son inapelables, siendo ésta una norma de carácter especial que prima por sobre la disposición del artículo 319 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la tercerista Isabel Vásquez Carrasquero el siete de abril de dos mil veinticinco (folio N° 5), en contra de la resolución que recibe el incidente a prueba de cuatro del mismo mes y año (folio N° 4 –cuaderno de tercería de prelación). Comuníquese. N°Civil-6163-2025.kom

Fallo

se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la tercerista Isabel Vásquez Carrasquero el siete de abril de dos mil veinticinco (folio N° 5), en contra de la resolución que recibe el incidente a prueba de cuatro del mismo mes y año (folio N° 4 –cuaderno de tercería de prelación). Comuníquese. N°Civil-6163-2025.kom

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintinueve de julio de dos mil veinticinco. Por ingresado a despacho con esta fecha. Vistos y teniendo presente: Que conforme a lo dispuesto en el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba, son inapelables, siendo ésta una norma de carácter especial que prima por sobre la disposició

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