JUZGADO DE LETRAS DE VILLA ALEMANA

MORA/SERVINTEGRAL

Rol

Fecha

15 de mayo de 2025

Materia

REAJUSTES E INTERESES

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: En estos autos RIT T-22-2024 caratulados “Mora con Servintegral Servicios Limitada y otra”, por sentencia de veintiséis de octubre de dos mil veinticuatro, en procedimiento de tutela de derechos fundamentales, el Juez Suplente del Juzgado de Letras de Villa Alemana, don Gabriel Ferrer Correa, procedió a rechazar la denuncia por vulneración de derechos fundamentales con ocasión del despido y, a acoger, la demanda subsidiaria de despido indebido y cobro de prestaciones, ordenando el pago de las indemnizaciones por término de servicio, con recargo de un 80%, sin costas. En contra de dicha sentencia dedujo recurso de nulidad la demandada principal, invocando la causal del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, solicitando la invalidación de la misma y que se dictase la correspondiente sentencia de reemplazo, rechazando íntegramente la demanda. Con fecha trece de mayo pasado se procedió a la vista de la causa, oportunidad en que alegaron ante estrado tanto la parte recurrente como la recurrida.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, la demandante ha recurrido por la causal del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, reprochando que la sentencia habría sido pronunciada con infracción manifiesta de las normas sobre la apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica. En específico, consignó el recurso, que la sentencia recurrida acogió la demanda subsidiaria interpuesta por doña Herlinda Mora Quiroz, declarando su despido como injustificado, por supuesta aplicación indebida del artículo 160 N°1 letra f) del Código del Trabajo; sin embargo, para ello infringiría el artículo 456 del mismo cuerpo legal, con influencia sustantiva en lo dispositivo del fallo, toda vez que de haber apreciado correctamente la prueba, con respeto a las reglas de la sana crítica, a su juicio, la demanda subsidiaria, también debió haber sido desestimada. En lo relativo a la infracción que denuncia, reprocha a la sentencia recurrida que omite que las testigos Blanca Bustamante y Cristina Zamora atribuyen a la demandante conductas de hostigamiento y de mal trato, lo que también es referido por la supervisora Yoan Astudillo y, por el contrario, razona en torno a una supuesta problemática en lo relativo a los roles desempeñados

Fallo

por estas trabajadoras, consistente en una errada atribución de jefatura de la demandante. Con todo, sostiene que esa problemática, de existir, no justificaría las conductas de acoso laboral que se le imputan a esta. También reprocha la recurrente, que el sentenciador omite otorgar valor y credibilidad al informe de investigación incorporado, en el cual se sugería al empleador, amonestar o despedir a la demandante por su actuar; sin embargo, erradamente lo califica de sesgado, advirtiendo falta de claridad en la organización y en sus jerarquías. Concluye que las probanzas referidas, debidamente valoradas, habrían hecho concluir al juez la procedencia de la causal de despido invocada. La decisión adoptada, considerando el tenor de las declaraciones referidas, atentaría contra los principios básicos de la lógica formal, al contrariar las reglas del correcto entendimiento humano, se afectaría el principio de identidad al decir de algo lo que no es. Asimismo, sostener como verdaderos hechos deducidos de premisas o hipótesis falsas, configuraría un error de raciocinio, lo que denomina “argumentación en base a falso antecedente”, que es lo que a su juicio ocurriría en la prueba testifical. Por todo lo anterior, solicita que se acoja el recurso, se anule la sentencia y se dicte una de reemplazo que rechace íntegramente la demanda. SEGUNDO: Que, la sentencia recurrida, efectivamente, rechazó la acción de tutela de derechos fundamentales y, acogió la demanda subsidiaria, declarand

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I.C.A. de Valparaíso Valparaíso, quince de mayo de dos mil veinticinco. VISTOS: En estos autos RIT T-22-2024 caratulados “Mora con Servintegral Servicios Limitada y otra”, por sentencia de veintiséis de octubre de dos mil veinticuatro, en procedimiento de tutela de derechos fundamentales, el Juez Suplente del Juzgado de Letras de Villa Alemana, don Gabriel Ferrer Correa, procedió a rechazar la de

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