3º JUZGADO DE LETRAS DE LA SERENA

CORTÉS MIRANDA ERICK/ULLOA NEIRA VÍCTOR Y OTRO

Rol

Fecha

15 de mayo de 2025

Materia

MEDIDA PREJUDICIAL PRECAUTORIA

Resultado

INADMISIBLES

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Hechos

VISTOS: Que, atendida la naturaleza de la decisión recurrida, esto es, una sentencia interlocutoria, resolución respecto de la cual resulta procedente la apelación en forma directa y,

Fundamentos

considerando que la apelación interpuesta en la especie lo fue con el carácter de subsidiaria de una solicitud de reposición, lo cual resulta improcedente en virtud del artículo 187 del Código de Procedimiento Civil, sin que tampoco comparta las características del artículo 188 del mismo cuerpo legal, en el caso de estimarse que reviste tal naturaleza y visto, además, lo prescrito en el artículo 201 del mismo cuerpo legal,

Fallo

se declara INADMISIBLE el recurso de apelación deducido en contra de la decisión de siete de noviembre de dos mil veinticuatro, íntegramente transcrita en la carpeta digital. Respecto de la causa Rol N°80-2025: VISTOS: Que, teniendo presente que la resolución apelada reviste la naturaleza jurídica de un decreto, el que no reúne las características previstas en el artículo 188 del Código de Procedimiento Civil para ser procedente el arbitrio incoado y, visto, además, lo prescrito en el artículo 201 del mismo cuerpo legal, se declara INADMISIBLE el recurso de apelación deducido por la parte demandada en contra de la resolución de trece de enero de dos mil veinticinco, íntegramente transcrita en la carpeta digital. Respecto de la causa Rol N°141-2025: VISTOS: Que, atendida la naturaleza de la decisión recurrida, esto es, una sentencia interlocutoria, resolución respecto de la cual resulta procedente la apelación en forma directa y, considerando que la apelación interpuesta en la especie lo fue con el carácter de subsidiaria de una solicitud de reposición, lo cual resulta improcedente en virtud del artículo 187 del Código de Procedimiento Civil, sin que tampoco comparta las características del artículo 188 del mismo cuerpo legal, en el caso de estimarse que reviste tal naturaleza y visto, además, lo prescrito en el artículo 201 del mismo cuerpo legal, se declara INADMISIBLE el recurso de apelación deducido en contra de la decisión de quince de enero de dos mil veinticinco, ínte

Texto Completo (Preview)

La Serena, quince de mayo de dos mil veinticinco. Respecto de la causa Rol N°2107-2024: VISTOS: Que, atendida la naturaleza de la decisión recurrida, esto es, una sentencia interlocutoria, resolución respecto de la cual resulta procedente la apelación en forma directa y, considerando que la apelación interpuesta en la especie lo fue con el carácter de subsidiaria de una solicitud de reposición, l

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