CORREA RODRIGUEZ BRYAN DE JESUS / HONORABLE COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL DE LA REGION DE VALPARAISO
Rol
Fecha
15 de mayo de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto: A folio 1 comparece abogado defensor penal público penitenciario, quien interpone recurso de amparo en favor de Bryan De Jesús Correa Rodríguez que actualmente cumple condena privativa de libertad en el complejo Penitenciario de Valparaíso y en contra de la Comisióń de Libertad Condicional de Valparaíso, que rechazo ́otorgar el beneficio de la libertad condicional. Señala que su representado, satisface tanto el tiempo mínimo como la conducta necesaria durante cumplimiento de su pena en el Complejo Penitenciario de Valparaíso. Refiere que el amparado actualmente cumple condena por robo con intimidación a la pena de 3 años y 1 día, indicando su condena el 18 de marzo de 2023, terminándola el 18 de marzo de 2026, que el tiempo mínimo para acceder a la libertad condicional corresponde al 19 de marzo de 2025. Agrega además que su conducta ha sido calificada como “muy buena” los 6 bimestres anteriores a su postulación y satisface los demás requisitos legales, no obstante, lo cual su postulación ha sido rechazada por la Comisión de Libertad Condicional. sostiene que lo resuelto por la Comisión de Libertad Condicional, ha determinado que el amparado permanezca privado de su libertad ambulatoria en forma ilegal, toda vez que ha exigido requisitos que exceden aquellos fijados en el Decreto Ley mencionado, y sus modificaciones. Solicita, en definitiva, que se acoja la presente acción y se le otorgue al amparado el beneficio de libertad condicional por reunir la totalidad de los requisitos para ello. A folio 4 informa la Ministra Presidente de la Comisión de Libertad Condicional, señalando que los
Fundamentos
motivos por los cuales el beneficio fue desestimado constan en la resolución que se impugna por esta vía y cuya copia acompaña. A folio 9 evacúa informe el Alcaide del Centro de Detención Preventiva de Valparaíso, remitiendo los antecedentes de postulación del amparado. A folio 10 se trajeron los autos en relacióń. Con lo relacionado y considerando: Primero: Que, por la vía del presente recurso de amparo se cuestiona la legalidad de la resolucióń emanada de la Comisión de Libertad Condicional, por medio de la cual rechazó conceder al amparado el beneficio de la libertad condicional, según el razonamiento en ella contenido. Segundo: Que, lo resuelto por la Comisióń de Libertad Condicional no es ilegal, pues se encuentra facultada para conceder o denegar el beneficio por el artículo 5° del Decreto Ley N°321 de 1925, cuya redaccióń actual fue introducida por la Ley N°21.124, publicada en el Diario Oficial con fecha 18 de enero de 2019. Tercero: Que, por su parte, la decisióń de la Comisióń se encuentra debidamente fundada en los antecedentes proporcionados por la autoridad penitenciaria, institucióń que ha elaborado un informe al tenor de lo dispuesto por el artículo 4° del aludido cuerpo normativo. En efecto, en tal informe se advierte que resulta desfavorable para un cumplimiento en libertad del amparado, pues da cuenta que el postulante presenta alto riesgo de reincidencia, relacionados a necesidades a intervenir, como vinculación a pares criminológicos, actitud y orientación procriminal, la utilización del tiempo libre y patrón antisocial, proyectándose aproximadamente dos años de intervención, que no tiene conciencia del delito, minimiza su responsabilidad, no participa en actividades al interior del recinto penitenciario Cuarto: Que, de este modo, al dictar la resolucióń impugnada, en cuyo texto constan las razones para fundamentar su negativa, la Comisióń no ha infringido la normativa legal precitada, por lo que no existe antecedente alguno que dé cuenta que la recurrida haya vulnerado la garantíá constitucional del articulo 19 N°7 letra b), motivo por el cual la presente accióń será́ rechazada.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la Republica y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza el recurso de amparo interpuesto en favor de Bryan De Jesús Correa Rodríguez, en contra de la Comisióń de Libertad Condicional de Valparaíso. Regístrese, notifíquese y archívense los antecedentes, en su oportunidad. N°Amparo-1417-2025. En Valparaíso, quince de mayo de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Valparaíso, quince de mayo de dos mil veinticinco. Visto: A folio 1 comparece abogado defensor penal público penitenciario, quien interpone recurso de amparo en favor de Bryan De Jesús Correa Rodríguez que actualmente cumple condena privativa de libertad en el complejo Penitenciario de Valparaíso y en contra de la Comisióń de Libertad Condicional de Valparaíso, que rechazo ́ot
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