JUZGADO DE GARANTIA DE YUNGAY

MINISTERIO PUBLICO FISCALIA LOCAL C/ JORGE AMADOR MORENO MORALES

Rol

Fecha

15 de mayo de 2025

Materia

TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO: 1°.- Que, la defensa de Jorge Amador Moreno Morales, se ha alzado en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Yungay, que no hizo lugar a la aplicación de la pena mixta, conforme al artículo 33 de la ley N° 18.216, fundando su recurso, en que el Informe de Gendarmería de Chile no es vinculante para el tribunal. 2°.- Que, el Ministerio Público solicita la confirmación de la resolución apelada, teniendo presente que el condenado no cuenta con un informe favorable de parte de Gendarmería de Chile, tal como lo exige expresamente la norma citada precedentemente. 3°.- Que, el artículo 33 de la ley N°18.216 dispone: “El tribunal podrá, de oficio o a petición de parte, previo informe favorable de Gendarmería de Chile, disponer la interrupción de la pena privativa de libertad originalmente impuesta, reemplazándola por el régimen de libertad vigilada intensiva (…)” 4°.- Que, conforme a los antecedentes aportados, Jorge Amador Moreno Morales no cuenta con el informe favorable de Gendarmería exigido por la ley siendo en consecuencia improcedente la interrupción de la pena privativa de libertad que le fue impuesta y consecuentemente su reemplazo por la libertad vigilada intensiva, solicitada por su defensa. Por estas consideraciones, y teniendo presente, además, lo dispuesto en el artículo 33 de la ley 18.216, y artículos 358 y 360 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución dictada en audiencia de veinticuatro de abril de dos mil veinticinco. Notifíquese. Devuélvase inmediatamente. N°Penal-337-2025.

Fallo

Por estas consideraciones, y teniendo presente, además, lo dispuesto en el artículo 33 de la ley 18.216, y artículos 358 y 360 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución dictada en audiencia de veinticuatro de abril de dos mil veinticinco. Notifíquese. Devuélvase inmediatamente. N°Penal-337-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A de Chillán ACP/ Chillán quince de mayo de dos mil veinticinco. VISTO: 1°.- Que, la defensa de Jorge Amador Moreno Morales, se ha alzado en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Yungay, que no hizo lugar a la aplicación de la pena mixta, conforme al artículo 33 de la ley N° 18.216, fundando su recurso, en que el Informe de Gendarmería de Chile no es vinculante para el t

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica