NARVAEZ/METLIFE CHILE SEGUROS DE VIDA S.A..
Rol
Fecha
15 de mayo de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, advirtiendo que los hechos descritos en el libelo dicen relación con un contrato de seguro, esto es, alucen a derechos dubitados, que deben ser objeto de calificación jurídica en el procedimiento de lato conocimiento que corresponda, excediendo a la naturaleza y características de esta acción cautelar, sin que se señalen hechos que puedan constituir vulneración a garantías de las mencionadas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y, visto lo dispuesto en el numeral 2 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, se declara inadmisible el recurso de protección interpuesto. Enmiéndese la caratula, cúmplase a la brevedad por la unidad de causas. A primer otrosí: Por acompañados. Al segundo otrosí: Téngase presente el patrocinio. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-2379-2025.
Fallo
se declara inadmisible el recurso de protección interpuesto. Enmiéndese la caratula, cúmplase a la brevedad por la unidad de causas. A primer otrosí: Por acompañados. Al segundo otrosí: Téngase presente el patrocinio. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-2379-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Hog. Valparaíso, quince de mayo de dos mil veinticinco. Atendida la certificación de folio 2, póngase la constancia de recusación que antecede en conocimiento de las partes, para efectos de lo prevenido en el artículo 125 del Código de Procedimiento Civil. Proveyendo a folio 1, Ingreso recurso: A lo principal: Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, advirtiendo que los he
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