SIN INFORMACION

VALERO RADDATZ KENNY VALERO/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL - VALPARAISO

Rol

Fecha

15 de mayo de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: A folio 1, Marcia Quintana Fajardo, Defensora Penal Pública Penitenciaria, deduce acción de amparo en favor de Kenny Alexis Valero Raddatz en contra de la Comisión de Libertad Condicional de Valparaíso, por el acto que considera ilegal, consistente en la Resolución Ord. N°706-2025 de 15 de abril de 2025, que rechazó su postulación al beneficio, lo que estima vulneraría su derecho a la libertad personal, consagrado en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la República. Explica que, el amparado cumple condena privativa de libertad en el Complejo Penitenciario de Valparaíso correspondiente a 1525 días de saldo de pena (condena original de 10 años y 1 día por delito de robo con violencia e intimidación). Indica que, inició el cumplimiento de su condena el 31 de marzo de 2022 y termina el 2 de junio de 2026, habiendo cumplido el mínimo para la postulación el 3 de febrero de 2023. Aduce que, el actor cumple con todos los requisitos objetivos y subjetivos para obtener la libertad condicional, sin embargo, la recurrida rechazó su postulación. Concluye solicitando que se le conceda el referido beneficio al amparado. A folio 4, evacúa informe el Alcaide del Centro de Cumplimiento Penitenciario de Valparaíso, remitiendo los antecedentes de postulación del amparado. A folio 5, informa la Presidenta de la Comisión de Libertad Condicional de Valparaíso, señalando que los

Fundamentos

motivos por los cuales el beneficio fue rechazado constan en la resolución que se impugna por esta vía y cuya copia acompaña. A folio 6, se ordena traer los autos en relación. Con lo relacionado y considerando: Primero: Que, por esta vía extraordinaria se cuestiona la legalidad de la resolución por medio de la cual la recurrida no concedió el beneficio de la libertad condicional al amparado, por las razones que en ella se indican. Segundo: Que, la recurrida se encuentra facultada para conceder o denegar el beneficio de libertad condicional, conforme con lo previsto por el artículo 5° del Decreto Ley N°321, cuya redacción actual fue introducida por la Ley N°21.627, publicada en el Diario Oficial el 9 de noviembre de 2023. Tercero: Que, la decisión de la Comisión se encuentra debidamente fundada en los antecedentes proporcionados por la autoridad penitenciaria, institución que ha entregado a un experto la redacción del informe contemplado ́ y ordenado por el artículo 4° del aludido cuerpo normativo. En efecto, en tal informe se advierte que si bien el amparado disminuye el nivel de riesgo de reincidencia delictual de alto a medio, mantiene necesidades de intervención, aún no logra mantener conciencia del mal causado, encontrándose sólo en fase incipiente de reflexión, estimándose por el programa que el usuario debe continuar su intervención psicosocial a nivel intramuros, con el objetivo de entrenar elementos que puedan facilitar su reinserción laboral en el medio libro y disminuir factores de riesgo de reincidencia delictual presentes. Cuarto: Que, de este modo, al dictar la resolución impugnada, en cuyo texto constan las razones para fundamentar la negativa, la Comisión no ha infringido la normativa precitada, por lo que no existe antecedente alguno que dé cuenta que la recurrida haya actuado de forma ilegal, vulnerando la garantía constitucional del artículo 19 N°7 letra b), motivo por el cual la presente accióń será rechazada.

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 19 y 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado sobre la materia, se rechaza, la acción de amparo deducida en favor de Kenny Alexis Valero Raddatz en contra de la Comisión de Libertad Condicional de Valparaíso. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-1581-2025.

Texto Completo (Preview)

I.C.A. de Valparaíso. Valparaíso, quince de mayo de dos mil veinticinco. Vistos: A folio 1, Marcia Quintana Fajardo, Defensora Penal Pública Penitenciaria, deduce acción de amparo en favor de Kenny Alexis Valero Raddatz en contra de la Comisión de Libertad Condicional de Valparaíso, por el acto que considera ilegal, consistente en la Resolución Ord. N°706-2025 de 15 de abril de 2025, que rechazó

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