CATTABENI/JUZGADO DE POLICÍA LOCAL DE CHAÑARAL
Rol
Fecha
14 de mayo de 2025
Materia
APELACIÓN INCIDENTE
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Teniendo presente que los hechos denunciados se hacen consistir por el actor en contravenciones a los artículos 192 bis y 192 ter de la Ley 18.290, disposiciones que, según su tenor literal, no establecen ilícitos penales, sino que infracciones sancionadas con multas, cuyo conocimiento y resolución es de competencia de los juzgados de policía local según el artículo 13 de la Ley 15.231, y de acuerdo, además, a lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley 18.287, SE REVOCA la resolución apelada, de fecha veinticinco de noviembre de dos mil veinticuatro, dictada por el Juzgado de Policía Local de Chañaral, que se declaró incompetente para conocer y resolver el asunto sometido a su decisión, y en su lugar se resuelve que es competente, debiendo proseguirse con su tramitación. En cuanto a las demás peticiones del recurso, se omite pronunciamiento a su respecto, al carecer esta Corte de competencia para ello de acuerdo con el artículo 32 de la Ley 18.287. Regístrese y devuélvase. N°Policía Local-62-2024.
Fallo
se resuelve que es competente, debiendo proseguirse con su tramitación. En cuanto a las demás peticiones del recurso, se omite pronunciamiento a su respecto, al carecer esta Corte de competencia para ello de acuerdo con el artículo 32 de la Ley 18.287. Regístrese y devuélvase. N°Policía Local-62-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Copiapó Copiapó, catorce de mayo de dos mil veinticinco. Vistos: Teniendo presente que los hechos denunciados se hacen consistir por el actor en contravenciones a los artículos 192 bis y 192 ter de la Ley 18.290, disposiciones que, según su tenor literal, no establecen ilícitos penales, sino que infracciones sancionadas con multas, cuyo conocimiento y resolución es de competencia de los j
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