1° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

SALAZAR/SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA DE BARRANCAS

Rol

Fecha

14 de mayo de 2025

Materia

DESPIDO INJUSTIFICADO

Resultado

REVOCADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: Que, a diferencia de lo expresado en la resolución que se revisa, de la atenta lectura de los antecedentes no aparece claramente la época de separación del recurrente, para los efectos previstos en los artículos 168 y 489 del Código del Trabajo, no siendo posible emitir, en consecuencia, en esta etapa procesal, la declaración de caducidad de la acción de tutela y despido injustificado sin previo debate; lo que impone resolver como se dirá. Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 168 y 476 del Código del Trabajo, se revoca, en lo apelado, la resolución de uno de abril de dos mil veinticinco, dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago en la causa RIT T 1048-2025, debiendo proveerse la denuncia de tutela y demanda de despido injustificado presentada el 27 de marzo del presente año, como en derecho corresponda, por juez no inhabilitado. Comuníquese y devuélvase. N° Laboral - Cobranza-1317-2025.

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 168 y 476 del Código del Trabajo, se revoca, en lo apelado, la resolución de uno de abril de dos mil veinticinco, dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago en la causa RIT T 1048-2025, debiendo proveerse la denuncia de tutela y demanda de despido injustificado presentada el 27 de marzo del presente año, como en derecho corresponda, por juez no inhabilitado. Comuníquese y devuélvase. N° Laboral - Cobranza-1317-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, catorce de mayo de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Que, a diferencia de lo expresado en la resolución que se revisa, de la atenta lectura de los antecedentes no aparece claramente la época de separación del recurrente, para los efectos previstos en los artículos 168 y 489 del Código del Trabajo, no siendo posible emitir, en consecuencia, en esta etapa p

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica