SIN INFORMACION

TRANSPORTE DON EDUARDO LIMITADA/VILCHES

Rol

Fecha

15 de mayo de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: Con fecha 18 de octubre del año 2024, comparece don Rafael Riquelme Madariaga, cédula de identidad número 7.486.871-1 en representación de Transportes don Eduardo Ltda., Rol Único Tributario N° 76.002.915-7, ambos con domicilio para estos efectos en Carretera H- 30 N°2549, Lo Miranda, Comuna de Doñihue, y viene en deducir recurso de protección en contra de Leandro Vilches Pinto, cédula de identidad N° 15.967.742-7, domiciliado para estos efectos en lote 5, hijuela 34, sector Chancón, comuna de Rancagua, en virtud de los

Fundamentos

fundamentos de hecho y derecho que en su presentación expuso. Indica que su representada es dueña de una flota de camiones destinados al transporte de alimentos para animales de crianza, así como su traslado desde y hacia las diferentes plantas de Agrícola Super, empresa que es dueña del Lote 1 de la Reserva Cora 4 del Proyecto de parcelación Chancón, cuya inscripción consta a fojas 881 número 989 del Registro de Propiedad del año 1996 del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua. Agrega que, dada la naturaleza de la actividad productiva, sus servicios contemplan la entrada y salida de camiones al sector productivo del referido predio, considerando también la entrada y salida de personal, animales, alimento para los animales y asistencia veterinaria, entre otros servicios que presta, los cuales resultan absolutamente necesarios para el normal desarrollo de su actividad económica. Hace presente que, para concretar dichas actividades de transporte de cargas y alimento, necesariamente se requiere el tránsito diario mediante los caminos públicos H- 196 y H-198 relacionados al proyecto de parcelación “Asentamiento Chancón” los cuales han sido conocidos históricamente como camino “San Aurelio o camino las Parcelas” y camino “La Chica”, respectivamente, ambos ubicados en el sector Chancón, comuna de Rancagua. Señala que el recurrido, en su calidad de dueño del lote 5, de la Hijuela 34 del sector Chancón, con fecha 14 de octubre de 2024 concurrió personalmente a sus oficinas comerciales, con el objeto de informar verbalmente que, desde el lunes 21 de octubre de 2024, y en distintos días, no permitirá el paso de sus camiones por el sector la Chica de Chacón, lo cual consta en mail de fecha 15 de octubre de 2024, en el cual se informa por el señor Luis Gómez, supervisor de la recurrente, que el día 14 de octubre a las 9:00 horas, el recurrido se apersonó en nuestra oficina para informar que “a contar del día lunes 21 de octubre de 2024, no permitirán más el paso de camiones por el sector la chica de chancón”. Indica que lo anterior, también se acredita con la imagen del recurrido extraída de las cámaras de seguridad de su empresa de fecha 14 de octubre de 2024, refiriendo que el recurrido informó que actuará con más personas de forma coordinada el próximo lunes 21 de octubre y otros días que nos irá informando, lo cual en sí mismo, constituye una conducta arbitraria e ilegal que amenaza garantías fundamentales de mi representada, dado que modifica sustancialmente el “status quo” imperante en la zona por más de 40 años, constituyendo de esta forma, en un acto de autotutela que vulnera gravemente el artículo 76 de la Constitución Política de la República, toda vez que el recurrido ha adoptado una decisión unilateralmente, desconociendo derechos básicos de toda persona en orden a poder transitar libremente por caminos públicos que históricamente han servido para acceder a los predios ubicados en la zona del Chancón. Plantea que el actuar del recurrido,

Fallo

Por estas consideraciones, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema, sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se rechaza, sin costas, el recurso deducido Rafael Riquelme Madariaga, en representación de Transportes don Eduardo Ltda., en contra de Leandro Vilches Pinto. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol Corte 2370-2024 Protección.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Rancagua Rancagua quince de mayo de dos mil veinticinco. VISTOS: Con fecha 18 de octubre del año 2024, comparece don Rafael Riquelme Madariaga, cédula de identidad número 7.486.871-1 en representación de Transportes don Eduardo Ltda., Rol Único Tributario N° 76.002.915-7, ambos con domicilio para estos efectos en Carretera H- 30 N°2549, Lo Miranda, Comuna de Doñihue, y viene en deducir re

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