CLAUDIO ANDRES URIBE MORENO C/ COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
14 de mayo de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerando: Primero. A folio 1 compareció doña Sandra Verónica Zamora Oyarzun, defensora penal pública penitenciaria, en representación del condenado Claudio Andrés Uribe Moreno, de 44 años, cédula nacional de identidad Nº15.894.755-2, actualmente cumpliendo condena en el centro de estudio y trabajo semi abierto de Osorno, quien deduce la presente Acción Constitucional de Amparo en contra de la resolución dictada por la Comisión de Libertades Condicionales de 7 de abril de 2025, en causa Rol 28-2025, por la cual se rechazó conceder al amparado la libertad condicional pese a cumplir todos los requisitos, al interpretar desfavorablemente el informe psicosocial elaborado por Gendarmería de Chile, todo en base a los antecedentes que expuso. Indicó que el amparado se encuentra cumpliendo la pena única de 7 años de presidio mayor en su grado mínimo por tres delitos de robo en lugar no habitado y dos delitos de robo en lugar habitado, condena que fue impuesto por el Juzgado de Letras y Garantía de Paillaco. Explicó que el amparado fue postulado por Gendarmería de Chile al proceso de libertad condicional del primer semestre de este año con los siguientes antecedentes. Posee 6 bimestres de muy buena conducta, inició su condena el 3 de junio de 2020 y tiene fecha estimada de cumplimiento el 20 de noviembre de 2026, con un total de 225 días de abono, el tiempo mínimo lo cumplió el 21 de julio de 2024 -que corresponde a los 2/3 del tiempo total-, posee beneficio de salida dominical desde el 1 de agosto de 2024, beneficio de fin de semana desde el 29 de noviembre de 2024 y salida trimestral desde el 28 de febrero de 2025. Añadió que cumple con todos y cada uno de los requisitos establecidos en el artículo 2 del Decreto Ley 321 y que el informe social del amparado pronostica un resultado favorable para su reinserción y avances en su proceso de resocialización. Ahondó en cuanto el informe social del amparado indica que ingresó al sistema semiabierto -centro de estudio y trabajo- el 4 de abril de 2024, cuenta con beneficios intrapenitenciarios, en el área educacional se encuentra nivelando estudios medios en el Liceo Crecer de Osorno, en el ámbito laboral cuenta con experiencia laboral en los oficios de panadero, mueblista, obrero agrícola y labores de construcción, en agosto de 2024 fue derivado a capacitación de apresto laboral, cuenta con un plan de intervención vigente y en ejecución habiendo disminuido su nivel de riesgo alto a medio, entre diciembre de 2024 y enero de 2025 realizó taller de razonamiento crítico, su disposición al cambio se considera contemplativo, apoyo sociofamiliar constituido por su madre doña Magdalena Molina y por sus hermanas, quienes han mantenido contacto regular con el amparado. Solicitó se acoja el recurso y se ordene como medida para restablecer el imperio del derecho modificar la resolución impugnada y se conceda la libertad condicional al amparado. Segundo. A folio 2 fueron agregados los antecedentes del amparado en el
Fallo
Por lo expuesto, normas citadas, y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se resuelve que: SE RECHAZA el recurso de amparo interpuesto en favor de condenado Claudio Andrés Uribe Moreno en contra de la resolución de siete de abril de dos mil veinticinco dictada por la Comisión de Libertades Condicionales de Valdivia. Acordada con el voto en contra del Ministro Sr. Rodrigo Schnettler Carvajal quien fue del parecer de acoger el recurso dados los antecedentes psicosociales del condenado, que dan cuenta de un riesgo de reincidencia medio, y que su adaptación al sistema semiabierto ha sigo gradualmente positivo, pues cumple con responsabilidades, horarios, actividades y ajuste al sistema de confianza establecido. Con respecto a la intervención que resta por realizar relacionada con el reforzamiento en áreas criminológicas, estas pueden verificarse en el medio libre, y no derrota los aspectos positivos y que hacen aconsejable conceder el beneficio en este caso. Regístrese y archívese, en su oportunidad. N°Amparo-175-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valdivia Valdivia, catorce de mayo de dos mil veinticinco. Vistos y considerando: Primero. A folio 1 compareció doña Sandra Verónica Zamora Oyarzun, defensora penal pública penitenciaria, en representación del condenado Claudio Andrés Uribe Moreno, de 44 años, cédula nacional de identidad Nº15.894.755-2, actualmente cumpliendo condena en el centro de estudio y trabajo semi abierto de Osor
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica