SIN INFORMACION

URRUTIA/SEREMI EDUCACIÓN

Rol

Fecha

14 de mayo de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

DESESTIMADA

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Hechos

VISTOS: Comparece doña Solange Urrutia López, cédula de identidad N°11.722.842-8, domiciliada en Porras N°553 de Antofagasta, en representación de su hija Pía Belén Alancay Urrutia, Run 23.009.931-6 e interpone recurso de protección de garantías fundamentales en contra de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Antofagasta y de la Secretaría Regional Ministerial de Educación, de la región de Antofagasta, pidiendo abrir un sobrecupo en el liceo de Estudios Contables y Administrativo, o en el liceo Experimental Artístico; The Grant School, Eagle School o en el liceo Comercial Jerardo Muñoz Campos. Las recurridas evacuaron el informe, instando por el rechazo del recurso. Puesta la causa en estado, se han traído los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a inicios del año 2024 llegaron a la ciudad desde Coquimbo, y tramitó la postulación para su hija Pía Alancay en la fecha correspondiente en "Anótate en la Lista" y no quedó en ningún colegio, por lo después la volvió a postular en la complementaria y tampoco quedó. Añade que para que no perdiera el año dio exámenes libres y reprobó, y en el 2024 para la postulación 2025, nuevamente tuvo que postularla para primero medio en varios colegios particulares subvencionados y en las fechas correspondientes y no quedó. Agrega que nuevamente la postuló en la complementaria y quedó aceptada, pero por error en segundo medio, por lo que fue a hablar al Comercial y le dijeron que debía postularla nuevamente. Señala que llamó al Ministerio de Educación y la respuesta fue postularla a los colegios nuevamente. Indica que hace un par de semanas la postuló, pero no hay respuestas, ya que las listas no avanzan y ella, emocionalmente no se encuentra bien por lo causado. Asevera que después de dos años con miles de llamadas al Mineduc, buscando respuestas y soluciones llegó a esta instancia para poder solucionar el problema educacional que le han generado a su hija, lo que es muy dañino, pues, siempre fue alumna con buenas notas y estudiante de colegios particulares subvencionados y no está preparada para, nuevamente, dar exámenes libres, ya que no es lo mismo. Indica que estudiaba en el 2018 desde kínder hasta sexto básico en el "LEA". Termina solicitando que abran un sobrecupo en el Liceo de Estudios Contables "LECYA" que está cerca de su domicilio, en el Liceo Experimental Artístico "LEA", en el colegio "The Giant School Antofagasta", Colegio "Providencia", "Eagle School" y si no se pudiera pide un sobrecupo en el Liceo Comercial Jerardo Muñoz Campos. SEGUNDO: Que, informó Isabel Calisto Hernández, abogada, en representación, de la CORPORACIÓN MUNICIPAL DE DESARROLLO SOCIAL DE ANTOFAGASTA, solicitando el rechazo de la acción, conforme a los argumentos que expone. Primeramente, señaló que la parte recurrente solo pide colegios subvencionados que no son parte de la administración de la Cormudeso y que eventualmente aceptaría por descarte el liceo municipal A-12, sin embargo, ha postulado en “Anótate en la lista” a establecimientos municipales lo que es contradictorio con el libelo y su petitorio. Asevera que la NNA se encuentra actualmente matriculada, por lo que el sistema la mantiene con cupo asignado, ya que reprobó un año de estudios y se encuentra nivelando estudios en Esane del Norte dos por uno, primero y segundo medio, conforme al pantallazo que indica. Señala que no hay garantía constitucional alguna afectada debido a que el recurso es una mera expectativa de un supuesto resultado negativo del sistema SAE, destacando que no se pueden asignar matrículas a ningún estudiante que no siga el orden de registro según fecha y hora de asignación de registro al apoderado, pues, lo que el sistema SAE pretende evitar es dar matrículas “sal

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, SE DESESTIMA, el recurso interpuesto por doña Solange Urrutia López, en representación de su hija Pía Belén Alancay Urrutia; en contra de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Antofagasta y de la Secretaría Regional Ministerial de Educación de esta ciudad. Regístrese y comuníquese. Rol 558-2025 (PROT.)

Texto Completo (Preview)

Antofagasta, a catorce de mayo de dos mil veinticinco. VISTOS: Comparece doña Solange Urrutia López, cédula de identidad N°11.722.842-8, domiciliada en Porras N°553 de Antofagasta, en representación de su hija Pía Belén Alancay Urrutia, Run 23.009.931-6 e interpone recurso de protección de garantías fundamentales en contra de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Antofagasta y de la Se

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