M.P. C/ JOSE MIGUEL ESPINOZA HURTADO Y JHONATHAN ALEXIS FERNANDEZ
Rol
Fecha
14 de mayo de 2025
Materia
PORTAR ELEMENTOS CONOCIDAMENTE DESTINADOS A COMETER DELITO DE ROBO. ART. 445.
Resultado
CONFIRMADA/COMUNICAR
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, oídos los intervinientes que participaron en esta audiencia, reproduciendo los
Fundamentos
fundamentos del magistrado de la instancia y teniendo, además, en consideración la forma en que se produjeron los hechos, con evasión del control policial, lo que da cuenta de la peligrosidad de ambos imputados y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 140, 352, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada, dictada en audiencia de seis de mayo del año en curso, inserta en la carpeta virtual RIT 1-3481-2025 del Juzgado de Garantía de Curicó, que decretó la medida cautelar personal de prisión preventiva respecto de los imputados José Miguel Espinoza Hurtado y Jhonathan Alexis Fernández. Comuníquese por la vía más expedita. Devuélvase. N°Penal-640-2025.
Texto Completo (Preview)
Talca, catorce de mayo de dos mil veinticinco. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, oídos los intervinientes que participaron en esta audiencia, reproduciendo los fundamentos del magistrado de la instancia y teniendo, además, en consideración la forma en que se produjeron los hechos, con evasión del control policial, lo que da cuenta de la peligrosidad de ambos imputados y de conformidad
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