SIN INFORMACION

DE LA FUENTE VIÑUELA MARÍA PÍA HILDA/JUZGADO DE COBRANZA LABORAL Y PREVISIONAL DE SANTIAGO

Rol

Fecha

14 de mayo de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece el abogado Diego Campos León, quien interpone acción constitucional de amparo a favor de María Pía Hilda de La Fuente Viñuela, en contra del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago, por la dictación del Oficio N°A-26849/2025, de 28 de marzo de 2025, con una orden de arresto por 3 días en contra de la amparada, si al momento de su detención no paga la suma de $6.183.006.- Expone que el 24 de julio de 2020, AFP Capital interpuso demanda en contra de la sociedad Transportes Futuro Ltda., cuya representante legal es la amparada, acción que se tramitó en RIT P-34434-2020 del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago, y cuyo título ejecutivo ascendía originalmente a la cantidad de $2.977.564.- Señala que, durante el mes de diciembre de 2023, la amparada fue retenida por Carabineros de Chile, oportunidad en la cual pagó la cantidad de $7.058.493.-. Sin embargo, en aquella oportunidad el tribunal no cerró la causa, pese a haberse pagado íntegramente la deuda, y siguió cobrando intereses y reajustes inexplicables. Por lo expuesto, y previa cita del artículo 21 de la Constitución Política de la República, pide: 1) Que se declare ilegal y arbitraria todo tipo de orden de arresto y detención existente en contra de la amparada, emitida por el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago; 2) Que se adopte todo tipo de medidas dirigidas a restablecer el imperio del derecho y asegurar la tutela de todos los derechos fundamentales violados, poniendo fin a los actos arbitrarios e ilegales. SEGUNDO: Que, evacuando informe por el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago, comparece la Juez Titular Rayen Duran Garay, quien refiriéndose a la tramitación del proceso RIT P-34434-2020 de cobro de cotizaciones previsionales, seguido en contra de Transportes Futuro Limitada, representada por la amparada, señala que todas las diligencias tendientes a obtener el pago del crédito resultaron fallid

Fundamentos

considerando Sexto de la presente sentencia-, que esta Corte efectúa, la prohibición establecida en dicha norma no se extiende a las obligaciones que tienen como fuente la ley o la sentencia judicial, tal como lo ha sostenido el Tribunal Constitucional en el

Fallo

Por lo expuesto, y previa cita del artículo 21 de la Constitución Política de la República, pide: 1) Que se declare ilegal y arbitraria todo tipo de orden de arresto y detención existente en contra de la amparada, emitida por el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago; 2) Que se adopte todo tipo de medidas dirigidas a restablecer el imperio del derecho y asegurar la tutela de todos los derechos fundamentales violados, poniendo fin a los actos arbitrarios e ilegales. SEGUNDO: Que, evacuando informe por el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago, comparece la Juez Titular Rayen Duran Garay, quien refiriéndose a la tramitación del proceso RIT P-34434-2020 de cobro de cotizaciones previsionales, seguido en contra de Transportes Futuro Limitada, representada por la amparada, señala que todas las diligencias tendientes a obtener el pago del crédito resultaron fallidas al momento de la primera orden de arresto, y sin perjuicio de que la ejecutada consignó la suma de $7.058.493.- el 23 de diciembre de 2023, sólo con fecha 6 de febrero de 2025 hizo una presentación a propósito del arresto de 31 de julio de 2024, habida consideración que las sumas que se cobran se descontaron de la remuneración de los trabajadores mencionados en el título fundamento de la ejecución; luego los montos descontados a título de cotizaciones previsionales y no enterados en la institución respectiva no tienen el carácter de aquellas deudas que proscribe la Convención Americana de

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, catorce de mayo de dos mil veinticinco. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece el abogado Diego Campos León, quien interpone acción constitucional de amparo a favor de María Pía Hilda de La Fuente Viñuela, en contra del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago, por la dictación del Oficio N°A-26849/2025, de 28 de marzo de 2025, con una orden de

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica