5º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

BANCO DE CREDITO E INVERSIONES / OYANEDER AUTOMOTRIZ LTDA - (ACUMULADO INGRESO CORTE N°4772-2021)

Rol

139910-2022

Fecha

26 de diciembre de 2022

Materia

Civil

Resultado

INADMISIBLE CASACIÓN DE FONDO

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Hechos

Visto y teniendo presente: 1°.- Que en este juicio ejecutivo seguido ante el Quinto Juzgado Civil de Santiago, bajo el Rol N° C-22897-2015 y caratulado “Banco Crédito e Inversiones con Oyaneder Automotriz Ltda.” se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo deducido por la parte demandante en contra de la resolución de la Corte de Apelaciones de esta ciudad de fecha veintiuno de septiembre de dos mil veintidós, que confirmó la resolución de uno de septiembre de dos mil veinte, que rechazó el incidente de objeción a la liquidación del crédito. 2°.- Que el artículo 767 del Código de Procedimiento Civil dispone que se admite el recurso de casación en el fondo contra sentencias definitivas inapelables y contra sentencias interlocutorias inapelables cuando ponen término al juicio o hacen imposible su continuación, dictadas -en lo que interesa para el presente caso- por Cortes de Apelaciones, siempre que se hayan pronunciado con infracción de ley y esta infracción haya influido sustancialmente en lo dispositivo de la sentencia. 3°.- Que la resolución impugnada por esta vía no presenta las características de aquellas aludidas en el motivo anterior, toda vez que no ha puesto fin a la instancia, no ha puesto término al juicio ni ha hecho imposible su prosecución, razón por la que el recurso de nulidad intentado en autos no podrá ser admitido a tramitación. Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 767 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo interpuesto por el abogado Waldo Farías Fritsch, en representación de la parte demandante, en contra de la resolución de veintiuno de septiembre de dos mil veintidós. Regístrese y devuélvase con sus agregados. N° 139.910-22.

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 767 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo interpuesto por el abogado Waldo Farías Fritsch, en representación de la parte demandante, en contra de la resolución de veintiuno de septiembre de dos mil veintidós. Regístrese y devuélvase con sus agregados. N° 139.910-22.

Texto Completo (Preview)

Santiago, veintiséis de diciembre de dos mil veintidós. Visto y teniendo presente: 1°.- Que en este juicio ejecutivo seguido ante el Quinto Juzgado Civil de Santiago, bajo el Rol N° C-22897-2015 y caratulado “Banco Crédito e Inversiones con Oyaneder Automotriz Ltda.” se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo deducido por la parte demandante en contra de la r

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