MMPP C/ VICTOR RAUL HERNANDEZ HERNANDEZ
Rol
157758-2022
Fecha
26 de diciembre de 2022
Materia
Reforma
Resultado
DECLARA COMPETENTE PARA CONOCER NULIDAD CORTE (M)
Hechos
Vistos: 1° Que la defensa de Víctor Hernández Hernández, recurre de nulidad contra la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral de Los Andes, por la cual fue condenado como autor del delito de Receptación. 2° Que por el recurso interpuesto se ha invocado como causal principal la del artículo 373 A) del Código Procesal Penal, denunciando la infracción al debido proceso, en relación al artículo 259 del mismo cuerpo legal, al condenarse a su representado por un hecho no contenido en la acusación. 3° Que el Ministerio Público, se hizo parte en la presente causa, solicitando la remisión a la Corte de Apelaciones respectiva por corresponder lo alegado a la causal del artículo 374 letra f) del Código Procesal Penal. 4° Que según se desprende de la atenta lectura del libelo, lo que se reprocha por la letra a) del artículo 373 al fallo de primera instancia, en realidad se trataría de un cuestionamiento a las reglas del principio de congruencia, lo que es materia de conocimiento de la Corte de Apelaciones respectiva de conformidad al artículo 374 letra f) del Código Procesal Penal, por lo cual, se procederá en la forma que autoriza el artículo 383 de ese cuerpo legal. Por estas consideraciones y disposiciones legales citadas, remítanse estos antecedentes a la Corte de Apelaciones de Valparaíso, para que previa revisión en cuenta de la admisibilidad del recurso de nulidad interpuesto por la defensa del sentenciado, si es del caso, fije audiencia para su conocimiento y fallo. Regístrese y remítase. Rol N° 157758-22. Pronunciado por la Segunda Sala integrada por los Ministros Sres. Haroldo Brito C., Manuel Antonio Valderrama R., Jorge Dahm O., y los Abogados Integrantes Sres. Eduardo Morales R., y Gonzalo Ruz L. No firma el Ministro Sr. Valderrama y el Abogado Integrante Sr. Ruz, no obstante haber estado en la vista de la causa y acuerdo del fallo, por estar con permiso y ausente, respectivamente.
Fallo
fallo de primera instancia, en realidad se trataría de un cuestionamiento a las reglas del principio de congruencia, lo que es materia de conocimiento de la Corte de Apelaciones respectiva de conformidad al artículo 374 letra f) del Código Procesal Penal, por lo cual, se procederá en la forma que autoriza el artículo 383 de ese cuerpo legal. Por estas consideraciones y disposiciones legales citadas, remítanse estos antecedentes a la Corte de Apelaciones de Valparaíso, para que previa revisión en cuenta de la admisibilidad del recurso de nulidad interpuesto por la defensa del sentenciado, si es del caso, fije audiencia para su conocimiento y fallo. Regístrese y remítase. Rol N° 157758-22. Pronunciado por la Segunda Sala integrada por los Ministros Sres. Haroldo Brito C., Manuel Antonio Valderrama R., Jorge Dahm O., y los Abogados Integrantes Sres. Eduardo Morales R., y Gonzalo Ruz L. No firma el Ministro Sr. Valderrama y el Abogado Integrante Sr. Ruz, no obstante haber estado en la vista de la causa y acuerdo del fallo, por estar con permiso y ausente, respectivamente.
Texto Completo (Preview)
Santiago, veintiséis de diciembre de dos mil veintidós. Vistos: 1° Que la defensa de Víctor Hernández Hernández, recurre de nulidad contra la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral de Los Andes, por la cual fue condenado como autor del delito de Receptación. 2° Que por el recurso interpuesto se ha invocado como causal principal la del artículo 373 A) del Código Procesal Penal, denuncia
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