SIN INFORMACION

ERIC CORRALES CORRALES/CARABINEROS DE CHILE, RETÉN LA PUERTA TENO

Rol

Fecha

14 de mayo de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA/COMUNICAR

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, el 9 de mayo del presente año comparece don Alvaro Herrera General, abogado, interponiendo Recurso de Amparo en favor de ERICK ENRIQUE CORRALES CORRALES, chileno, comerciante, cédula de identidad número 14.900.447-5, domiciliado en Avenida Goycolea N°60, comuna de La Cisterna, ciudad de Santiago, en contra del RETEN LA PUERTA de Carabineros de Chile, comuna de Teno, provincia de Curicó, región del Maule, por los actos liderados por el suboficial mayor Sergio Méndez. Refiere, en síntesis, que su representado es un ciudadano común, oriundo de la comuna de La Cisterna, ciudad de Santiago, quien decide trasladarse junto a su familia a residir a la comuna de Teno, provincia de Curicó, en la séptima región, lugar en el que invierten todos sus ahorros en una parcela, que tienen como objetivo sea para negocio, arriendo, eventos etc. Indica que los primeros hechos ocurren en septiembre del año 2019, ocasión en que el amparado obtuvo autorización para instalar una fonda en su parcela, la cual tuvo mucha afluencia de público y Carabineros, bajo las órdenes del suboficial Mayor Méndez, le ordenaron cerrar. Asimismo, durante la pandemia fue constantemente controlado por Carabineros, cooperando éste siempre en todo momento, manifestándole el aludido funcionario “ya te voy a pillar, te así el hueon, ya vai a caer, me la debi”. La última situación se verificó el 28 de abril del presente año, cuando el amparado fue controlado en la ruta J-25 Kilómetro 2, Teno le solicitan los documentos del vehículo, siendo finalmente infraccionado por el polarizado de los vidrios, en circunstancias que contaba con documental para acreditar que su vehículo venía así de fábrica, sin perjuicio de esto, los funcionarios retuvieron el documento que acreditaba este hecho, indicándole que debía ir a buscarlo a la comisaría y, al hacerlo, éste le fue ocultado. Postula que el amparado y su familia son objeto de envidias y de calumnias, de las que han tomado part

Fallo

Por estas consideraciones, visto además lo dispuesto en los artículos 19 N°7 y 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, SE RECHAZA el recurso de amparo interpuesto por Alvaro Herrera General, en favor de ERICK ENRIQUE CORRALES CORRALES, en contra del RETEN LA PUERTA DE CARABINEROS DE CHILE. Comuníquese por la vía más expedita. Regístrese y archívese en su oportunidad. Rol 369-2025/Amparo. EDA/eda

Texto Completo (Preview)

Talca, catorce de mayo de dos mil veinticinco. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, el 9 de mayo del presente año comparece don Alvaro Herrera General, abogado, interponiendo Recurso de Amparo en favor de ERICK ENRIQUE CORRALES CORRALES, chileno, comerciante, cédula de identidad número 14.900.447-5, domiciliado en Avenida Goycolea N°60, comuna de La Cisterna, ciudad de Santiago, en contra del

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