INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL CON DAHUABE RABIE ANDREA
Rol
81393-2021
Fecha
23 de diciembre de 2022
Materia
Cobranza Laboral
Resultado
RECHAZA CASACION EN EL FONDO (M)
Hechos
Vistos: En estos autos RIT P-27.848-2019, RUC 1930161601-8, caratulados “Instituto de Previsión Social con Dahuabe”, seguidos ante el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago, por sentencia de treinta de junio de dos mil veintiuno, se acogió la excepción de prescripción opuesta por la ejecutada. Se alzó la ejecutante, y una sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, mediante sentencia de veintidós de septiembre de dos mil veintiuno, la revocó. En contra de este fallo, la ejecutada interpuso recurso de casación en el fondo. Se ordenó traer los autos en relación.
Fundamentos
Considerando: Primero: Que, para la recurrente, el
Fallo
fallo impugnado infringe lo dispuesto en los artículos 5 y 31 bis de la Ley N°17.322 y 442 y 464 número 17 del Código de Procedimiento Civil, por cuanto el cómputo del plazo de prescripción de cinco años se contabiliza desde la fecha del despido de la trabajadora, hecho ocurrido el 5 de enero de 2015, y la de notificación de la demanda, actuación que aún no ha sido practicada, no obstante lo cual, el 28 de diciembre de 2020 ingresó un escrito oponiéndose a la ejecución, por haber transcurrido el referido término, en conformidad, además, con los artículos 2514 y 2515 del Código Civil, omisión que igualmente afecta la exigibilidad de la obligación, ya que aún no ha sido constituida en mora, razones por las que solicita la invalidación de la sentencia objetada y se dicte la de reemplazo que indica. Segundo: Que para una adecuada comprensión del asunto, deben considerarse los siguientes antecedentes del proceso: 1.- En causa RIT M-650-2015, tramitada ante el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, mediante sentencia de 10 de abril de 2015, se declaró la existencia de una relación laboral entre la demandante y la ejecutada, vinculándose las partes desde el 1 de enero de 2012 al 5 de enero de 2015, cuando la trabajadora fue despedida injustificadamente, adeudando por este motivo doña Andrea Cecilia Dahuabe Rabie, entre otras prestaciones, el entero de las cotizaciones previsionales. 2.- La demanda ejecutiva fue presentada por el Instituto de Previsión Social el 27 de ma
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Santiago, veintitrés de diciembre de dos mil veintidós. Vistos: En estos autos RIT P-27.848-2019, RUC 1930161601-8, caratulados “Instituto de Previsión Social con Dahuabe”, seguidos ante el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago, por sentencia de treinta de junio de dos mil veintiuno, se acogió la excepción de prescripción opuesta por la ejecutada. Se alzó la ejecutante, y una sal
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