SIN INFORMACION

PALMA/CONTRALORÍA REGIONAL DE MAGALLANES Y DE LA ANTÁRTICA CHILENA

Rol

Fecha

13 de mayo de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1º) Mónica Clorinda Palma Alvarado, profesora, domiciliada en la comuna de Paillaco, deduce recurso de protección en contra de la Contraloría Regional de Los Ríos, representada por su Contralora Regional, Carol Delgado Jeldres, ambas domiciliadas en la comuna de Valdivia, impugnando el oficio que concluyó, en lo pertinente, que la recurrente no tiene derecho a remuneraciones por los meses de enero y febrero de 2025, por haber terminado su relación laboral el 31 de diciembre de 2024, acto que estima ilegal, arbitrario y vulneratorio de sus garantías de igualdad ante la ley y libertad de conciencia, contenidas, respectivamente, en los numerales 2 y 6 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, solicitando que se ordene el pago de tales remuneraciones. Señala que, el 23 de septiembre de 2024, manifestó su interés en renunciar a su trabajo en el Departamento de Administración de Educación Municipal de Paillaco y obtener la bonificación establecida en la Ley Nº20.822, decisión que fue aprobada por decreto alcaldicio de 24 de diciembre de 2024. Sostiene que, de conformidad a lo establecido en los artículos 4° de la mencionada Ley Nº20.822 y 41 bis y 82 de la Ley Nº19.070, Estatuto de los Profesionales de la Educación, su contrato, puesto que estaba vigente al mes de diciembre, debió entenderse prorrogado por los meses de enero y febrero del año escolar siguiente. 2º) Informando, la recurrida solicitó el rechazo de la acción deducida, señalando que el recurso carece de peticiones concretas, que su parte no tiene legitimación pasiva, -pues el pago solicitado le corresponde a la I. Municipalidad de Paillaco, que no ha sido emplazada- y que el asunto planteado excede los márgenes de un recurso de protección, acción que no puede sustituir a la acción de cobro de pesos. En cuanto al fondo del asunto, señala que el referido municipio registró el cese de la relación laboral, a contar del 31 de diciembre de 2024, y ordenó el pago de

Fallo

Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se resuelve: Que se ACOGE sin costas, el recurso de protección interpuesto por Mónica Clorinda Palma Alvarado en contra de la Contraloría Regional de Los Ríos, dejándose sin efecto en lo impugnado el oficio E35181/2025, declarándose en su lugar que es procedente el reclamo formulado por la recurrente y que, por consiguiente, le asiste el derecho al pago de sus remuneraciones por el término de la prórroga de su contrato, esto es, los meses de enero y febrero de 2025, debiendo la recurrida formalizar la respectiva actuación para que éste se lleve a efecto por la I. Municipalidad de Paillaco. Acordado con el voto en contra del Ministro (S) Sr. Carlos Acosta quien fue del parecer de rechazar la acción de protección incoada, por cuanto las remuneraciones y demás asignaciones solicitadas son incompatibles con las bonificaciones previstas en la Ley N°20.976, que permite acceder a bonificación por retiro voluntario establecida en la Ley N°20.822, por lo que habiéndose puesto la totalidad de la bonificación que corresponda a disposición del profesional de la educación, que renunció al total de las horas que sirve en la entidad, antes del 31 de diciembre de 2024, no puede entenderse que se ha prorrogado su contratación por los meses de enero y febrero en los términos del artículo 41 bis de

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valdivia Valdivia, trece de mayo de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: 1º) Mónica Clorinda Palma Alvarado, profesora, domiciliada en la comuna de Paillaco, deduce recurso de protección en contra de la Contraloría Regional de Los Ríos, representada por su Contralora Regional, Carol Delgado Jeldres, ambas domiciliadas en la comuna de Valdivia, impugnando el oficio que concluyó

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