ESCOBAR CON JAIDAR
Rol
Fecha
13 de mayo de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA/COMUNICAR.
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparecen el abogado Humberto Mendez Montecino, por la parte recurrente, en autos caratulados “ESCOBAR CON JAIDAR”, Rol Ingreso de Corte N° 2352-2024, quien deduce recurso de hecho contra la resolución que concedió recurso de apelación presentado por su parte, en el solo efecto devolutivo, debiendo, por la naturaleza de la materia sobre la que versa la apelación, tratándose de un incidente de previo y especial conocimiento, a saber, la incompetencia del Tribunal, debió concederse en ambos efectos, pues sostener lo contrario, hace ilusorio el derecho invocado y permite que un juez inhabilitado continúe conociendo de la causa, probablemente hasta su total resolución. Precisa, que las partes comparecientes inciden en un juicio particional, que presenta una inactividad de alrededor de cuatro años, lo que ha hecho precluir el mandato del juez partidor, inhabilitándolo para seguir conociendo. Indica que, por ello, presentó el respectivo incidente de incompetencia del Tribual, incidente que por su naturaleza es de previo y especial conocimiento. El juez partidor Pablo Ávila, conociendo de dicho incidente, lo rechazó, desechando la consistente e indesmentible fundamentación de hecho y de derecho presentada. Agregando que ante dicha sentencia, presentó el correspondiente recurso de apelación, el que fue concedido por resolución de 5 de noviembre de 2024, “en el solo efecto devolutivo”, por lo que el juez impugnado seguirá conociendo de la causa, incluso hasta su sentencia definitiva, mientras el recurso de apelación espera ser resuelto por la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Talca. Solicita, finalmente se tenga admitida la apelación en ambos efectos. SEGUNDO: Que informa al tenor del recurso el juez árbitro don Paulo Javier Ávila Hernández, quien, en lo pertinente, señala que el 5 de noviembre de 2024 se concedió el recurso de apelación; en el solo efecto devolutivo, por tratarse de una sentencia interlocutoria. TERCERO: Que, e
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 203 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, SE RECHAZA el recurso de hecho deducido por el abogado Humberto Mendez Montecino, en contra de la resolución dictada el 5 de noviembre de 2024 por el juez árbitro Paulo Ávila Hernández. Agréguese copia de este fallo a los autos Rol Corte 2352-2024/Civil. Regístrese, comuníquese al tribunal a quo y archívese. Rol 171-2025 Civil-hecho.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Talca Talca, trece de mayo de dos mil veinticinco. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparecen el abogado Humberto Mendez Montecino, por la parte recurrente, en autos caratulados “ESCOBAR CON JAIDAR”, Rol Ingreso de Corte N° 2352-2024, quien deduce recurso de hecho contra la resolución que concedió recurso de apelación presentado por su parte, en el solo efecto devolutivo, debiendo,
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