2º JUZGADO DE LETRAS DE CURICO

BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/KAMEID

Rol

Fecha

13 de mayo de 2025

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Visto y teniendo únicamente presente: Que el desistimiento promovido por el ejecutante conforme a lo dispuesto en el artículo 467, debió tramitarse incidentalmente, otorgándosele traslado a la parte ejecutada, lo que no se hizo, por lo que se hace necesario enmendar lo resuelto sobre el particular. Por lo antes señalado y lo dispuesto en los artículos 145 y 186 del Código de Procedimiento Civil, SE REVOCA la resolución apelada de trece de febrero del año en curso, dictada en causa Rol C-2401-2023 del Segundo Juzgado de Letras de Curicó y, en su lugar, se declara que se ordena al juez a quo dar tramitación incidental a la solicitud de desistimiento de la parte ejecutante, sin costas del recurso. - no mil dieciochoo que se resuelva en la vista de la causaista y acuerdo de la causa, por encontrarse con feriado legal, de a Devuélvase. Rol 367-2025 Civil.

Fallo

se declara que se ordena al juez a quo dar tramitación incidental a la solicitud de desistimiento de la parte ejecutante, sin costas del recurso. - no mil dieciochoo que se resuelva en la vista de la causaista y acuerdo de la causa, por encontrarse con feriado legal, de a Devuélvase. Rol 367-2025 Civil.

Texto Completo (Preview)

Talca, trece de mayo de dos mil veinticinco. Visto y teniendo únicamente presente: Que el desistimiento promovido por el ejecutante conforme a lo dispuesto en el artículo 467, debió tramitarse incidentalmente, otorgándosele traslado a la parte ejecutada, lo que no se hizo, por lo que se hace necesario enmendar lo resuelto sobre el particular. Por lo antes señalado y lo dispuesto en los artículos

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