SIN INFORMACION

VICTOR MARCELO MARTIN HURTADO JARAMILLO C /GENDARMERIA DE CHILE

Rol

Fecha

13 de mayo de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1) Comparece don Mauricio Aguilera Olivares, abogado, e interpone acción constitucional de amparo en favor del condenado, don Víctor Marcelo Martín Hurtado Jaramillo, actualmente interno en Cárcel de Río Bueno, en contra de Gendarmería de Chile, con ocasión de dos vulneraciones: Primero, por la no tramitación de lo resuelto por esta Corte en fallo de amparo Rol 363-2023, que dispuso en lo pertinente dejar sin efecto su exclusión del procedimiento de calificación del comportamiento conducente a la reducción de condena no dando lugar a su postulación a la rebaja de meses por año, ordenando a la Comisión de beneficio de reducción de condena, pronunciarse respecto a la procedencia de la inclusión del amparado en el proceso de calificación referido (2023), la que lo había excluido por comisión de dos delitos de violación contra personas mayores de 14 años. Resolución que señala se notificó por esta corte de Apelaciones a Gendarmería por correo electrónico, sin perjuicio de lo cual, y a pesar de las presentaciones realizadas en la causa para que se diere cumplimiento a lo dispuesto en el fallo referido, Gendarmería presentó el 2 de abril de 2025, indicando únicamente que el requerimiento debiese estar dirigido a la Comisión de Rebaja de condena de la SEREMI, es decir, 1 año y 3 meses después del fallo Gendarmería se limita a señalar que la notificación fue remitida de manera errónea. Sostiene que lo referido por Gendarmería no es procedente, toda vez que en su caso era dicha institución la que debía remitir los antecedentes a quien estimaba pertinente y que su omisión conlleva ilegalidad manifiesta. En segundo lugar, refiere la no inclusión de su representado, nuevamente, en la nómina para rebaja de condena por buena conducta durante el año 2024, a pesar de cumplir los requisitos para ello, según los artículos 2º y 12 de la ley Nº 19.856, a saber: Encontrarse cumpliendo condena por sentencia ejecutoriada. Haber permanecido ininterrumpidamente p

Fundamentos

considerando inmediatamente anterior, se observa que lo pretendido por el recurrente, será analizado de manera preferente por la Comisión de Rebaja de Condena el mes en curso, atendido lo cual no resulta pertinente adoptar por esta Corte providencias al respecto, debiendo atenerse el amparado a lo que resuelva la referida comisión respecto a su situación.

Fallo

fallo de amparo Rol 363-2023, que dispuso en lo pertinente dejar sin efecto su exclusión del procedimiento de calificación del comportamiento conducente a la reducción de condena no dando lugar a su postulación a la rebaja de meses por año, ordenando a la Comisión de beneficio de reducción de condena, pronunciarse respecto a la procedencia de la inclusión del amparado en el proceso de calificación referido (2023), la que lo había excluido por comisión de dos delitos de violación contra personas mayores de 14 años. Resolución que señala se notificó por esta corte de Apelaciones a Gendarmería por correo electrónico, sin perjuicio de lo cual, y a pesar de las presentaciones realizadas en la causa para que se diere cumplimiento a lo dispuesto en el fallo referido, Gendarmería presentó el 2 de abril de 2025, indicando únicamente que el requerimiento debiese estar dirigido a la Comisión de Rebaja de condena de la SEREMI, es decir, 1 año y 3 meses después del fallo Gendarmería se limita a señalar que la notificación fue remitida de manera errónea. Sostiene que lo referido por Gendarmería no es procedente, toda vez que en su caso era dicha institución la que debía remitir los antecedentes a quien estimaba pertinente y que su omisión conlleva ilegalidad manifiesta. En segundo lugar, refiere la no inclusión de su representado, nuevamente, en la nómina para rebaja de condena por buena conducta durante el año 2024, a pesar de cumplir los requisitos para ello, según los artículos 2º y 12

Texto Completo (Preview)

Valdivia, trece de mayo de dos mil veinticinco VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1) Comparece don Mauricio Aguilera Olivares, abogado, e interpone acción constitucional de amparo en favor del condenado, don Víctor Marcelo Martín Hurtado Jaramillo, actualmente interno en Cárcel de Río Bueno, en contra de Gendarmería de Chile, con ocasión de dos vulneraciones: Primero, por la no tramitación de lo resuelto

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