INMOBILIARIA PARQUE LOS PERALES SPA/QUINTANA
Rol
Fecha
13 de mayo de 2025
Materia
CONTRATO, RESOLUCIÓN DE
Resultado
CONFIRMA CON DECLARACIÓN
Hechos
Vistos: En el motivo décimo tercero se sustituye el guarismo “18.500.000.- (dieciocho millones quinientos mil pesos” por “12.500.000”.- (doce millones quinientos mil pesos). Teniendo además, presente: Que conforme al petitorio de la demanda y teniendo en cuenta el tenor de la segunda prórroga de siete de febrero de dos mil veinte, en la cual se establece que el monto relativo a $6.000.000 no sería imputable al precio de venta del inmueble de marras, corresponde rebajar dicha cantidad del monto que el demandado debe restituir al actor y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia apelada dictada el veintiséis de octubre de dos mil veintidós, por el 11° Juzgado Civil de Santiago, con declaración que el monto que se debe restituir es la suma de $12.500.000.- (doce millones quinientos mil pesos). Regístrese y devuélvase. N° 887-2023 Civil.
Texto Completo (Preview)
Alegó, previo anuncio y relación pública, el abogado don Alfonso Costabal contra el recurso. Santiago, 13 de mayo de 2025. Florencia Sáez Bugmann, relatora. Santiago, trece de mayo de dos mil veinticinco. Al escrito folio N°11: Téngase presente. Vistos: En el motivo décimo tercero se sustituye el guarismo “18.500.000.- (dieciocho millones quinientos mil pesos” por “12.500.000”.- (doce millones qu
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