SIN INFORMACION

FUENTES ORDENES ARIEL ANDRES / 7° JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

Rol

Fecha

13 de mayo de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Barbara González Mena, abogada, en favor de Ariel Andrés Fuentes Órdenes, actualmente recluido en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur e interpone acción constitucional de amparo de conformidad a lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, en contra del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, por excluir y caducar todos los meses de rebaja acumulados por el amparado. Funda su recurso en que el amparado fue formalizado con fecha 29 de mayo de 2024 en la causa RIT 6172-2024 RUC: 2400611939-1 del 7° Juzgado de Garantía de Santiago; el 9 de abril de 2025 se realiza audiencia de procedimiento abreviado en la cual el Ministerio Público reformaliza al amparado como autor del delito consumado de Robo en lugar no habitado, Articulo 442 N° 1 del Código Penal, siendo condenado a la pena de 541 días de carácter efectivo, reconociéndole como abono 315 días. Refiere que se fija audiencia de revisión de pena y sentencia para efectos de evaluar la aplicación de abonos heterogéneos a la presente condena. Refiere que, en audiencia celebrada el día 14 de abril del presente año la Sra. Magistrada doña Carla Capello, en audiencia de abono de tiempo heterogéneo resuelve no abonar el tiempo que su representado estuvo privado de libertad con la cautelar de arresto domiciliario total en la causa RIT 4574 -2019 del Juzgado de Garantía de Colina, rechazando la solicitud de la defensa de abonar el tiempo que se mantuvo sujeto a la medida cautelar de arresto domiciliario total el cual habría sido por un tiempo de 385 días, según los cálculos de esa parte el amparado tendría el tiempo de privación de libertad por la causa en la cual se encuentra cumpliendo condena. Alega que, lo anterior supone la vulneración de la garantía constitucional prevista por el numeral 7° del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Pide se acoja el recurso, concediendo al amparado el abono heterogéneo en

Fundamentos

motivos todos por los cuales se rechazará el recurso de amparo interpuesto.

Fallo

Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 19 y 21, ambos de la Constitución Política de la República, se rechaza la acción de amparo deducida en favor de Ariel Andrés Fuentes Órdenes en contra del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-1635-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, trece de mayo de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Barbara González Mena, abogada, en favor de Ariel Andrés Fuentes Órdenes, actualmente recluido en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur e interpone acción constitucional de amparo de conformidad a lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, en

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