JUZGADO DE FAMILIA QUILLOTA

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

13 de mayo de 2025

Materia

ALIMENTOS

Resultado

REVOCADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: 1°) Que, la parte demandante interpone recurso de apelación subsidiario, respecto de la resolución de veinticuatro de enero de dos mil veinticinco, en virtud de la cual se negó lugar a iniciar el procedimiento extraordinario contemplado en el artículo 19 quinquies de la Ley N°14.908, por segunda vez. 2°) Entendiendo que la palabra “extraordinariamente” del artículo 19 quinquies de la Ley Nº14.908, sólo se puede entender con respecto a la acumulación de tres pensiones de alimentos, sin que importe un límite a la cantidad de veces que se puede requerir dicha forma de cumplimiento. 3°) Que, ...

Texto Completo (Preview)

Jfah.- C.A. de Valparaíso Valparaíso, trece de mayo de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: 1°) Que, la parte demandante interpone recurso de apelación subsidiario, respecto de la resolución de veinticuatro de enero de dos mil veinticinco, en virtud de la cual se negó lugar a iniciar el procedimiento extraordinario contemplado en el artículo 19 quinquies de la Ley N°14.908, por segunda

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica