ANONIMIZADO
Rol
Fecha
13 de mayo de 2025
Materia
ALIMENTOS
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1°) Que, la parte demandante interpone recurso de apelación subsidiario, respecto de la resolución de veinticuatro de enero de dos mil veinticinco, en virtud de la cual se negó lugar a iniciar el procedimiento extraordinario contemplado en el artículo 19 quinquies de la Ley N°14.908, por segunda vez. 2°) Entendiendo que la palabra “extraordinariamente” del artículo 19 quinquies de la Ley Nº14.908, sólo se puede entender con respecto a la acumulación de tres pensiones de alimentos, sin que importe un límite a la cantidad de veces que se puede requerir dicha forma de cumplimiento. 3°) Que, ...
Texto Completo (Preview)
Jfah.- C.A. de Valparaíso Valparaíso, trece de mayo de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: 1°) Que, la parte demandante interpone recurso de apelación subsidiario, respecto de la resolución de veinticuatro de enero de dos mil veinticinco, en virtud de la cual se negó lugar a iniciar el procedimiento extraordinario contemplado en el artículo 19 quinquies de la Ley N°14.908, por segunda
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