MERY/ISAPRE CONSALUD
Rol
Fecha
13 de mayo de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que Erwin Moller Rubio, abogado, en favor de María Catalina Mery Ayala, domiciliada en Baquedano N°187, comuna de Melipilla, interpone recurso de protección en contra de Isapre Consalud S.A, representada por Rodrigo Medel Samacoitz, ambos domiciliados en Pedro Fontova N°6650, comuna de Huechuraba en contra del acto que estima arbitrario e ilegal consistente en no cumplir con el mismo trato en la cobertura de prestaciones de salud mental, otorgando menores beneficios de los que legalmente corresponden, lo que vulnera lo dispuesto en el artículo 19 Nº 1, 2, 9 y 24 de la Constitución Política de la República. Señala que la cobertura reducida en salud mental se debe al antiguo artículo 190 del DFL N°1 del Ministerio de Salud de 2005 que le permitía a las Isapres crear planes de salud con coberturas reducidas para determinadas prestaciones. Añade que su representada mantiene el plan 13-LIFE100-22, debido a lo anterior su plan de salud posee una cobertura de salud en atenciones psicológicas y psiquiátricas limitada y con ello, se incumple el principio de igualdad entre las prestaciones de salud mental y física. Menciona los pactos internacionales a los que se encuentra obligado Chile en relación a la salud mental y que la dictación de la Ley N°21.331 cumple de manera sustancial con la obligación de adoptar medidas legislativas conforme al artículo 2 de la Convención Americana de Derechos Humanos, pero su aplicación resultó deficiente para los afiliados cuyos planes fueron celebrados con anterioridad al 1 de marzo de 2022, ya que se mantuvieron con una cobertura reducida y discriminatoria en afecciones mentales. Refiere que la Circular IF/N°396 de la Superintendencia de Salud tiene como objetivo impartir instrucciones acerca de las coberturas y acceso para las atenciones de salud mental y, en virtud de la Ley N°21.331, las Isapres no pueden comercializar planes de salud que restrinjan la cobertura para estas prestaciones, sin embarg
Fallo
Por estas consideraciones y atendido además lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido a favor de María Catalina Mery Ayala, en contra de la Isapre Isapre Consalud S.A. Regístrese, y archívese, en su oportunidad. N°1071-2025 Protección.
Texto Completo (Preview)
Se deja constancia que la sala se integra extraordinariamente con la ministra (s) señora Alondra Castro Jiménez en reemplazo de la Fiscal Judicial señora Anamaría Quintero Harvey por encontrase inhabilidad para conocer de estos antecedentes, lo que no puse en conocimiento de las partes por no concurrir a estrados. San Miguel, 13 de mayo de 2025. Andrea Corvalán Sáez, relatora. San Miguel, trece d
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