SIN INFORMACION

JIMENEZ MORENO ELMER JOYCE/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

13 de mayo de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: A folio 1, Pablo Daniel Peñaloza Parra y Joaquín Andrés Contreras Roa, abogados, deduce acción de amparo en favor de Elmer Joyce Jiménez Moreno, de nacionalidad venezolana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por el acto que estima ilegal, consistente en la Resolución Exenta N°153826 de 19 de junio de 2017 mediante la cual se rechazó la solicitud de visa de residencia temporaria por

Fundamentos

motivos laborales del amparado y se dispone el abandono del país en un plazo de 15 días, lo que vulneraría su derecho a la libertad personal, consagrado en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la República. Expone que, el amparado ingresó a Chile como turista y posteriormente, el 16 de enero de 2017, solicitó cambiar su condición migratoria, cumpliendo con todas las instrucciones dispuestas por la legislación. Agrega que, tras ser notificado del rechazo de su solicitud, realizó abandono voluntario del país con destino a Argentina, acatando la orden administrativa. Expone que, actualmente el amparado cuenta con un vínculo familiar en Chile, específicamente un hijo de nacionalidad chilena, Allison Ariel Jiménez Jiménez, lo que le habilitaría para solicitar una visa de residencia temporal por reunificación familiar. Señala que, sin embargo, se ve impedido de realizar dicha solicitud debido a que recae sobre él una sanción migratoria que le impide transitar libremente. Refiere que, el 31 de enero de 2025, el amparado intentó ingresar a Chile como turista, presentando su documento de identificación argentino, pero se le impidió la entrada debido a la orden de abandono previamente dispuesta. Argumenta que, la resolución que ordenó el abandono no señala expresamente que se haya dispuesto una prohibición de ingreso al territorio nacional, requisito exigido por el artículo 28 del Decreto Supremo N°597. Sostiene que, el acto administrativo impugnado carece de razonabilidad, proporcionalidad y fundamentación, al no considerar las circunstancias personales y familiares del amparado. Solicita que, se acoja el recurso de amparo y se deje sin efecto la sanción impuesta al amparado, permitiéndole así acceder a una visa de residencia temporal fuera de Chile, subcategoría reunificación familiar, para restablecer el imperio del derecho. A folio 4, el Servicio Nacional de Migraciones evacúa informe solicitando el rechazo de la acción. Señala que, el amparado presentó solicitud de residencia temporal por motivos laborales el 9 de diciembre de 2016. Indica que, mediante Oficio Reservado N°2098 del 9 de junio de 2017, la Policía de Investigaciones de Chile informó una denuncia grave contra el extranjero por efectuar declaraciones falsas respecto a su contrato u oferta de trabajo. Argumenta que, la Resolución Exenta N°153826 del 19 de junio de 2017 rechazó legítimamente la solicitud de residencia y ordenó el abandono del país dentro del plazo de 15 días. Refiere que, dicho rechazo se fundamenta en el Artículo 64 N°2 del Decreto Ley 1094, que permite denegar solicitudes cuando se realizan declaraciones falsas. Sostiene que, conforme al artículo 67 inciso 2° del mismo cuerpo legal, la autoridad migratoria está obligada a disponer el abandono del territorio nacional cuando rechaza un permiso de residencia. Explica que, la orden de abandono constituye una medida de carácter voluntario, distinta a una orden de expulsión que es compulsiva. Afirma que, no e

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 19 N°7 y 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado sobre la materia, se rechaza, sin costas, la acción de amparo deducida en favor de Elmer Joyce Jiménez Moreno en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N° Amparo-1520-2025

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valparaíso Valparaíso, trece de mayo de dos mil veinticinco. Vistos: A folio 1, Pablo Daniel Peñaloza Parra y Joaquín Andrés Contreras Roa, abogados, deduce acción de amparo en favor de Elmer Joyce Jiménez Moreno, de nacionalidad venezolana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por el acto que estima ilegal, consistente en la Resolución Exenta N°153826 de 19 de junio de 2017 med

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