QTES: CASTILLO JOFRE PATRICIA Y OTROS / FUENZALIDA BRAVO JAIME - TOMO XXVIII, XXIX Y XXX
Rol
Fecha
13 de mayo de 2025
Materia
HOMICIDIO. ART.391 Nº 2.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que esta Corte comparte íntegramente los
Fundamentos
fundamentos que expone la señora Ministra en Visita Extraordinaria en la decisión objeto del recurso y, del mismo modo, el criterio expresado por la señora Fiscal Judicial en su dictamen, de modo tal que corresponde mantener la decisión de primer grado.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 54 bis del Código de Procedimiento Penal, se confirma la resolución de diez de febrero del presente año dictada por la Ministra en Visita Extraordinaria señora Paola Plaza González. Acordado con el voto en contra del abogado integrante señor Luna, quien estuvo por revocar la resolución que se impugna, en atención a que los profesionales encargados de la pericia que sirve de fundamento de la resolución impugnada, dirigida a precisar estado de salud mental del condenado, no resulta cabalmente concluyente, ni da cuenta de aplicación de exámenes precisos, por lo que resulta imprescindible la determinación de una cabal certeza sobre el estado de salud mental, la que en consecuencia debe ser proporcionada por un nueva pericia , la que puede ser realizada a la mayor brevedad, por los especialistas del Instituto de Criminología de la PDI. Regístrese y comuníquese. N°Penal-908-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, trece de mayo de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Que esta Corte comparte íntegramente los fundamentos que expone la señora Ministra en Visita Extraordinaria en la decisión objeto del recurso y, del mismo modo, el criterio expresado por la señora Fiscal Judicial en su dictamen, de modo tal que corresponde mantener la decisión de primer grado. Por estas
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