SIN INFORMACION

BANCO ITAU CHILE S. A./INGENIERIA HIDRAULICA LIMITADA

Rol

Fecha

12 de mayo de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1°) El recurso de apelación se ha deducido en el marco del procedimiento iniciado conforme a la Ley N° 20.009, que establece un régimen de limitación de responsabilidad para titulares o usuarios de tarjetas de pago y transacciones electrónicas en caso de extravío, hurto, robo o fraude. 2°) El artículo 5° bis de la Ley 20.009, que fue incorporado por la Ley 21.673, publicada el 30 de mayo de 2024, establece la facultad de decretar de oficio el abandono del procedimiento. No obstante, el artículo quinto transitorio de esta última ley dispone que “Los procedimientos consagrados en la ley N° 20.009, iniciados con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente ley, se llevarán a cabo de conformidad con las normas vigentes al momento en que dicho procedimiento inició su tramitación.” 3°) En esas circunstancias, teniendo presente que según consta en el expediente de origen, la demanda fue presentada en abril de 2024, esto es, con anterioridad a la entrada en vigencia de la Ley 21.673, no correspondía decretar de oficio el abandono del procedimiento como lo hizo el tribunal a quo, debiendo ajustarse la tramitación al Párrafo 1° del Título IV de la Ley N° 19.496, sobre Protección de los Derechos de los Consumidores, según la antigua redacción del artículo 5° de la Ley N° 20.009. Por estas consideraciones, y visto, además, lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley 18.287, SE REVOCA la resolución apelada de veintiuno de febrero de dos mil veinticinco, dictada por el juez titular don Jean Pierre Bondi Ortiz de Zárate, del Primer Juzgado de Policía Local de Copiapó, la que se deja sin efecto, debiendo el tribunal a quo continuar con la tramitación del proceso como en derecho corresponda. Regístrese y devuélvase. Policía Local N° 8-2025

Fallo

Por estas consideraciones, y visto, además, lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley 18.287, SE REVOCA la resolución apelada de veintiuno de febrero de dos mil veinticinco, dictada por el juez titular don Jean Pierre Bondi Ortiz de Zárate, del Primer Juzgado de Policía Local de Copiapó, la que se deja sin efecto, debiendo el tribunal a quo continuar con la tramitación del proceso como en derecho corresponda. Regístrese y devuélvase. Policía Local N° 8-2025

Texto Completo (Preview)

C.A. de Copiapó Copiapó, doce de mayo de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: 1°) El recurso de apelación se ha deducido en el marco del procedimiento iniciado conforme a la Ley N° 20.009, que establece un régimen de limitación de responsabilidad para titulares o usuarios de tarjetas de pago y transacciones electrónicas en caso de extravío, hurto, robo o fraude. 2°) El artículo 5° bis

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