INVERSIONES EL SUIZO SPA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE COQUIMBO
Rol
Fecha
12 de mayo de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA SIN COSTAS
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que Fernando Ramos Rodríguez, abogado, recurre de protección en favor de la sociedad Inversiones El Suizo SpA, en contra de la Ilustre Municipalidad de Coquimbo, por ordenar la demolición de su terraza, alegando vulneración de sus garantías de los números 2, 21 y 24 del artículo 19 de la Carta Fundamental. Expone que, conforme Decreto Exento 621, de 17 de marzo de 2025, se ordenó la demolición total, a costa del propietario, de la terraza ubicada en el domicilio de su representada, en razón de estar instalada, a juicio de la recurrida, en un bien nacional de uso público sin autorización, permiso de edificación y recepción definitiva. Hace presente ser propietaria del inmueble en que funciona actualmente el establecimiento comercial "El Suizo", ubicado en Avenida Fritz Willy Lindermann 2747, Guanaqueros, Coquimbo, destacando que la estructura en cuestión fue construida en 2021, con el propósito de atender de mejor manera a la gran cantidad de clientes y turistas que visitan el establecimiento comercial y cumplir con las nuevas reglas impuestas por la autoridad en época de pandemia y así, asegurar atención a casi el 40 por ciento de las personas que visitan el lugar. Precisa que se erigió cumpliendo con toda la normativa y de acuerdo al informe técnico elaborado por el arquitecto Diego Urqueta Santos, conforme levantamiento topográfico georreferenciado con GPS a la escritura pública de compraventa del inmueble, certificado de deslindes y los planos acompañados, concluyendo que se encuentra emplazada casi en su totalidad en un terreno privado y solo algunos metros se ubican en un bien nacional de uso público. Afirma que el estudio realizado determina que “al superponer el levantamiento topográfico y aéreo con el plano de subdivisión georreferenciado, se determinó que la terraza no está completamente emplazada en un bien nacional de uso público y que solo ciertos metros de la terraza se encuentran fuera del límite de la propiedad
Fallo
por tanto, vulneración de los derechos expresados por la recurrente, debiendo incluso obtener una patente comercial para ejercer la actividad económica respectiva, como la de restaurante, y la de restaurante de alcoholes. Alega, asimismo, que la motivación y fundamento del acto administrativo encuentra asidero legal y de facto, distando de lo referido e interpretado por el recurrente. Tercero: Que el recurso de protección de Garantías Constitucionales, establecido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, constituye jurídicamente una acción, destinada a amparar el legítimo ejercicio de las garantías y derechos preexistentes que en esa misma disposición se enumeran, mediante la adopción de medidas de resguardo, que se deben tomar ante un acto u omisión arbitrario o ilegal que priva, o amenace ese atributo. Se trata, por consiguiente, de una acción de cautela de derechos garantizados a nivel constitucional cuya existencia sea indubitada y que se encuentren conculcados de manera suficiente para provocar la actividad jurisdiccional traducida en la adopción de medidas destinadas a restablecer el imperio de esos derechos amagados o perturbados en su legítimo ejercicio. Cuarto: Que, de lo anteriormente reflexionado, se desprende como requisito indispensable de la acción de protección, la existencia de un acto u omisión arbitraria o ilegal, producto del mero capricho de quién incurre en él y que provoque algunas de las situaciones o efectos que se han indicad
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Inversiones El Suizo SpA Ilustre Muncipalidad de Coquimbo Recurso de Protección Rol N°543-2025.- La Serena, doce de mayo de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Primero: Que Fernando Ramos Rodríguez, abogado, recurre de protección en favor de la sociedad Inversiones El Suizo SpA, en contra de la Ilustre Municipalidad de Coquimbo, por ordenar la demolición de su terraza, alegando vulne
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