ANONIMIZADO
Rol
Fecha
12 de mayo de 2025
Materia
RELACION DIRECTA Y REGULAR CON EL NIÑO
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, no exigiendo la ley como requisito de procesabilidad el emplazamiento de ambos padres y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley 19.968, se revoca la resolución apelada de siete de febrero del año en curso, dictada en causa RIT C-550-2025, por el Primer Juzgado de Familia de San Miguel y, en su lugar, se declara que el tribunal deberá dar curso a la demanda. Devuélvase. Nº 258-2025 Familia. Atendido el mérito de los antecedentes, no exigiendo la ley como requisito de procesabilidad el emplazamiento de ambos padres y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 de...
Fallo
se declara que el tribunal deberá dar curso a la demanda. Devuélvase. Nº 258-2025 Familia. Atendido el mérito de los antecedentes, no exigiendo la ley como requisito de procesabilidad el emplazamiento de ambos padres y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 de...
Texto Completo (Preview)
San Miguel, doce de mayo de dos mil veinticinco. Al escrito de folio 18: Téngase presente. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, no exigiendo la ley como requisito de procesabilidad el emplazamiento de ambos padres y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley 19.968, se revoca la resolución apelada de siete de febrero del año en curso, dictada en causa RIT C-550-2025, po
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica