ANONIMIZADO
Rol
Fecha
12 de mayo de 2025
Materia
ALIMENTOS, REBAJA
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Atendido el mérito de los antecedentes y teniendo en cuenta, además, que no se han invocado ni acompañado a la demanda antecedentes calificados conforme a lo establecido en el inciso tercero del artículo 1° de la Ley 14.908; y con lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley 19.968, se confirma la resolución apelada de dieciocho de marzo de dos mil veinticinco, dictada por el Primer Juzgado de Familia de San Miguel, en la causa RIT C-1173-2025. Devuélvase. N° 417-2025-Familia
Texto Completo (Preview)
San Miguel, doce de mayo de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Atendido el mérito de los antecedentes y teniendo en cuenta, además, que no se han invocado ni acompañado a la demanda antecedentes calificados conforme a lo establecido en el inciso tercero del artículo 1° de la Ley 14.908; y con lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley 19.968, se confirma la resolución apelada de diecio
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