MP C/ JANIER MESA
Rol
Fecha
12 de mayo de 2025
Materia
MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTO Y OIDOS: 1°.- Que el Ministerio Público apeló verbalmente de la resolución de 9 de mayo en curso, que sustituyó la prisión preventiva que afectaba al imputado JANIER MESA, por las siguientes medidas cautelares artículo 155 letra a) y d), esto es, arresto domiciliario nocturno desde las 22:00 horas de cada día y hasta las 6:00 de la mañana del día siguiente, en el domicilio que corresponde a calle Padre Juan de Vascones, 422, población Teniente Merino, Concepción y arraigo nacional. Janier Mesa, se encuentra formalizado como autor del delito de tráfico de drogas en pequeñas cantidades del art. 4° en relación con el artículo 1° de la Ley 20.000, afectándole la agravante del artículo 19 letra h) de la Ley 20.000. Y se encuentra privado de libertad desde el 12 de febrero de 2025. 2°.- El Ministerio Público funda su apelación en la penalidad asignada al ilícito en consideración a la agravante que el afecta y a la ausencia hasta ahora, de circunstancias atenuantes comprobadas, esto último en razón que el imputado es ciudadano colombiano e ingresó ilegalmente a Chile hace ya nueve años, sin que conste haya intentado regularizar su situación. La defensa a su turno, sostuvo que la necesidad de cautela quedaba suficientemente afianzada con la cautelar decretara por el tribunal en reemplazo de la prisión preventiva. 3°.- Que esta Corte comparte los
Fundamentos
fundamentos proporcionados por la jueza del a quo en la resolución impugnada, para sustituir la prisión preventiva por las cautelares dispuesta en el artículo 155 del Código Procesal Penal.
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo previsto en los artículos 122, 139, 140, 149, 155 y 370 letra b) del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada de nueve de mayo de dos mil veinticinco, dictada por el Juzgado de Garantía de Concepción, que sustituyó la prisión preventiva respecto del imputado Janier Mesa. Dese inmediata orden de libertad, si no estuviere privado de ella por otra causa o motivo. Comuníquese por la vía más rápida y expedita al tribunal de origen. Rol N°Penal-723- 2025.
Texto Completo (Preview)
Concepción, doce de mayo de dos mil veinticinco. VISTO Y OIDOS: 1°.- Que el Ministerio Público apeló verbalmente de la resolución de 9 de mayo en curso, que sustituyó la prisión preventiva que afectaba al imputado JANIER MESA, por las siguientes medidas cautelares artículo 155 letra a) y d), esto es, arresto domiciliario nocturno desde las 22:00 horas de cada día y hasta las 6:00 de la mañana del
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