CHARLES OSNET /SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
12 de mayo de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto: Que, a folio uno se deduce recurso de amparo en favor de Osnet Charles, de nacionalidad haitiana, y en contra del Servicio Nacional de Migraciones, con motivo de la dictación de la resolución exenta N°24589772 de 20 de diciembre de 2024, que rechazó la solicitud de permiso de residencia definitiva del amparado, y dispuso su abandono del país dentro del plazo de diez días. Expone que el 3 de mayo de 2022 solicitó un permiso de residencia definitiva ante el Servicio Nacional de Migraciones; alega que el 20 de diciembre de 2024 mediante Resolución Exenta N°24589772 se le notificó el rechazo del permiso pretendido, por no cumplir suficientemente con los requisitos que lo habilitan para residir en el país, al no remitir copia de la sanción por residir en el país con el permiso de residencia vencido, requisito exigido para otorgar el permiso de residencia definitiva. Alega que en ningún momento del procedimiento, le indicaron que las multas que habría pagado eran erróneas o se encontraban mal calculadas, o cuál sería el error. Actualmente, las multas deben calcularse y pagarse por el propio migrante, reduciéndose el actuar de la recurrida a aceptar o rechazar la residencia o solicitar más antecedentes una vez ya pagada. De esta forma, en nuestro caso, solo llegó la resolución de rechazo, sin indicar los
Fundamentos
motivos específicos de por qué las multas ya pagadas no fueron consideradas o cuál sería el monto adeudado. Previas citas legales, pide que se acoja el presente amparo, se deje sin efecto la resolución exenta singularizada, retrotrayendo el proceso administrativo y dándole continuidad, permitiéndole complementar los antecedentes de que dispone la recurrida o, en su defecto, realizar una nueva postulación, todo hasta la completa resolución del asunto, solicitando además que, en caso de revocarse la resolución de rechazo, se le otorgue certificado de residencia en trámite, a fin de demostrar que se encuentra de manera legal en el país frente a terceras personas. Acompaña copia de la resolución exenta reclamada. Que, a folio seis, evacúa informe el Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo del recurso. Explica que mediante comunicación electrónica N° 57685088 de fecha 26 de abril de 2024 se informó a la persona extranjera la causal de rechazo, por lo que contaba con un plazo de 10 días hábiles para presentar la debida documentación, específicamente el comprobante de pago de la multa por haber postulado encontrándose vencido su permiso anterior, en virtud de lo dispuesto en el artículo 107 de la Ley de Migraciones. Que, habiendo transcurrido el plazo para subsanar su solicitud, no se logró desvirtuar los motivos respecto de la causal del rechazo invocada, toda vez que la persona extranjera no realizó el pago de la multa impuesta en su contra por residencia irregular dentro del plazo otorgado para dichos efectos. Que, mediante Resolución Exenta N°24589772 de fecha 20 de diciembre de 2024, del Servicio Nacional de Migraciones (acompañada por el recurrente) se rechazó la solicitud de residencia definitiva de la persona extranjera, disponiendo su abandono del país dentro del plazo de 10 días. Que, el motivo del rechazo con abandono por no haber realizado el pago de la sanción por residencia irregular a la fecha de dictación de la Resolución Exenta. Hace presente que del relato del recurrente y de los documentos acompañados a la presente acción, no se desprende antecedente alguno que acredite el cumplimiento de la obligación pendiente, ni tampoco una circunstancia que justifique el incumplimiento del requisito exigido para ser beneficiario del permiso migratorio solicitado. Asimismo, no se aporta prueba suficiente que permita acreditar algún tipo de arraigo en el país, limitándose únicamente a la presentación del recurso y a la resolución exenta que se pretende impugnar. Que, a folio siete, se ordenó traer los autos en relación. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: Primero: Que, la acción de amparo es un proceso de tutela urgente del derecho fundamental a la libertad personal y seguridad individual, establecido en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la República, que es procedente en aquellos casos en que una persona fuere arrestada, detenida o presa con infracción a la Constitución o a las leyes o sufra cualquier otra p
Fallo
Por estas consideraciones, y visto lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se rechaza, sin costas, el recurso de amparo deducido por Osnet Charles, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, notifíquese, y archívese en su oportunidad. N°Amparo-1293-2025.
Texto Completo (Preview)
Jbl C.A. de Valparaíso Valparaíso, doce de mayo de dos mil veinticinco. Visto: Que, a folio uno se deduce recurso de amparo en favor de Osnet Charles, de nacionalidad haitiana, y en contra del Servicio Nacional de Migraciones, con motivo de la dictación de la resolución exenta N°24589772 de 20 de diciembre de 2024, que rechazó la solicitud de permiso de residencia definitiva del amparado, y dispu
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