1º JUZGADO DE LETRAS DE SAN ANTONIO

CORPORACION UNIÓN EVANGÉLICA CON DIRECCION GENERAL DE AGUAS.

Rol

7814-2022

Fecha

23 de diciembre de 2022

Materia

Civil

Resultado

SENTENCIA DE REEMPLAZO

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Hechos

Vistos: Se reproducen la parte expositiva, los

Fundamentos

motivos primero a quinto de la sentencia de alzada. Asimismo, se reproducen los razonamientos noveno a décimo cuarto del

Fallo

fallo de casación que antecede. Y se tiene, además, presente: Primero: Que, conforme a las reflexiones expuestas en la sentencia de casación que antecede, reproducida en lo pertinente, se colige que la solicitud de regularización de DAA presentada por la antecesora legal de la recurrente -no solo en el dominio del predio sino en su calidad de representante de la Iglesia que representa-, cumple con los requisitos que exige el artículo 2 Transitorio del Código de Aguas. En efecto, el Informe Técnico N°366 de la DGA de la Región de Valparaíso, en cuanto al uso inmemorial e ininterrumpido de las aguas, declaró que concurre esa exigencia desde que el predio pertenece a la peticionaria, desde el año 1938, periodo en el cual constató que no existía agua potable en el sector, la que solo se suministra después de los años 90, siendo los pozos la única fuente para acceder al recurso hídrico por parte de los propietarios del inmueble y que el recurso hídrico era utilizado para uso doméstico en general. Añadió que, con los vecinos y atendida la falta de oposición a la solicitud, se probó que el uso de las aguas por parte de la peticionaria, ha sido libre de violencia, clandestinidad y sin reconocer dominio ajeno. Segundo: Que, por consiguiente, la Autoridad al emitir un informe favorable, que luego ratificó en estos autos, no puede menos que entenderse que se allanó a la solicitud de regularización de DAA presentada por la demandante, no siendo razonable, que ahora en estrados, niegu

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SENTENCIA DE REEMPLAZO Santiago, a veintitrés de diciembre de dos mil veintidós. De conformidad con lo que dispone el artículo 786 del Código de Procedimiento Civil, se procede a dictar la siguiente sentencia de reemplazo. Vistos: Se reproducen la parte expositiva, los motivos primero a quinto de la sentencia de alzada. Asimismo, se reproducen los razonamientos noveno a décimo cuarto del fallo

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