12º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

MP.C/ HÉCTOR MANUEL NÚÑEZ VARGAS.

Rol

Fecha

10 de mayo de 2025

Materia

MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos y oídos los intervinientes: Que, de acuerdo al mérito de lo expuesto en la audiencia, aparece que se encuentran justificados los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal respecto del delito por el cual fue formalizada la investigación. En cuanto a la necesidad de cautela, la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, de acuerdo a lo dispuesto en la letra c) de la norma antes mencionada,

Fundamentos

considerando la naturaleza del delito, bien jurídico protegido, la eventual forma de cumplimiento y la circunstancia de mantener el imputado antecedentes penales previos por delitos de la misma especie. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 352 y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución dictada en audiencia de dos de mayo del año en curso, por el 12° Juzgado de Garantía de Santiago, que decretó la prisión preventiva de Héctor Manuel Núñez Vargas. Devuélvase vía interconexión. Nº 1520-2025-Penal

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San Miguel, diez de mayo de dos mil veinticinco. Sala: Segunda Rol Corte: 1520-2025-Penal Ruc: 2500596012-9 Rit: 1399-2025 12° JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Ministro de fe: Diego Muñoz Gaete Imputado: HÉCTOR MANUEL NÚÑEZ VARGAS Escritos proveídos en audiencia: folio 3 San Miguel, diez de mayo de dos mil veinticinco. Vistos y oídos los intervinientes: Que, de acuerdo al mérito de lo expuesto en

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