SIN INFORMACION

AGUAYO CONTRERAS ANGELO PRIETO / JUZGADO DE GARANTIA DE QUILPUE

Rol

Fecha

10 de mayo de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: A folio 1, comparece abogado de la Defensoría Penal Pública, quien interpone acción de amparo en favor de ANGELO PIETRO AGUAYO CONTRERAS, en contra del Juzgado de Garantía de Quilpué, en razón de la dictación de la resolución de 6 de mayo de 2025, que revocó la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva y ordenó el ingreso inmediato del amparado al Complejo Penitenciario de Valparaíso, a pesar de no encontrarse firme la resolución que revoca dicha sanción, lo que estima es un acto ilegal que conculca su libertad ambulatoria. En cuanto a los hechos, explica que el amparado fue condenado el 2 de abril de 2024 a la pena de 3 años y 1 días de presidio menor en su grado máximo, por el delito robo con intimidación, en la causa RIT 828-2020; RUC 2000283736-7, seguida ante el tribunal antes referido. Se le otorgó la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva. Agrega que el 26 de abril de 2024, se indicó que el amparado acudió al Centro de Reinserción Social y se le designó delegada. Que, el 3 de mayo de 2024 el CRS solicita una prórroga para enviar el plan de intervención respectivo a lo que el tribunal accede. Refiere que el 29 de mayo de 2024, el CRS informa que el condenado no se ha presentado, fijándose audiencia de aprobación de plan de intervención para el 31 de julio de 2024, a la cual el amparado no asiste, despachándose orden de detención. Así, el 24 de marzo de 2025, el amparado pasa a control de detención, fijándose fecha de audiencia de Ley. 18.216 para el 6 de mayo del año en curso. Que, el 3 de abril de 2025, el CRS informa que el amparado no se ha presentado. Indica que, en audiencia de 6 de mayo de 2025, el tribunal revoca la pensa sustitutiva, fundado en que aún no se ha elaborado el plan de intervención individual, y además, ordena el ingreso efectivo del condenado al Complejo Penitenciario de Valparaíso. el Ministerio Público solicitó la revocación de la pena sustitutiva, a lo que se opuso la defensa

Fundamentos

considerando el arraigo laboral y familiar. En esta oportunidad se revocó la pena sustitutiva y se ordenó su ingreso inmediato. Alega que dicha resolución es apelable de conformidad al artículo 37 de la Ley 18.216,

Fallo

por tanto, no puede ejecutarse de inmediato, como dispuso el tribunal, al no encontrarse firme. De acuerdo con el artículo 79 del Código Penal, no puede ejecutarse pena alguna sino en virtud de sentencia ejecutoriada. Solicita, en definitiva, que se acoja el presente recurso, dejando sin efecto la orden de ingreso decretada. A folio 4, se evacúa informe doña la Juez María Alejandra Radic, del Juzgado de Garantía de Quilpué, señalando que el amparado fue condenada el día 2 de abril de 2024 y se le otorgó pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva. Que, entre el 20 de mayo de 2024 y hasta el 6 de abril de 2025 se han realizado diversas audiencias y se han despachado órdenes de detención con el objeto de aprobar el plan de intervención individual del sentenciado, lo que no ha sido posible por su falta de compromiso, asistencia y adherencia al programa. Agrega que el 6 de mayo se lleva a efecto audiencia de incumplimiento de libertada vigilada en la que el Ministerio Público solicita la revocación de la misma por cuanto a un año de dictación de la sentencia el imputado no se ha presentado al centro de reinserción social para la elaboración del plan de intervención. Por su parte, la defensa solicitó la mantención de la pena sustitutiva, sin dar justificación a los reiterados incumplimientos y transcribiendo la resolución impugnada. Indica que SS., que en la audiencia de 24 de marzo, el tribunal le advirtió al amparado sobre las consecuencias del incumplimiento, y sin embar

Texto Completo (Preview)

Edp C.A. de Valparaíso Valparaíso, diez de mayo de dos mil veinticinco. Vistos: A folio 1, comparece abogado de la Defensoría Penal Pública, quien interpone acción de amparo en favor de ANGELO PIETRO AGUAYO CONTRERAS, en contra del Juzgado de Garantía de Quilpué, en razón de la dictación de la resolución de 6 de mayo de 2025, que revocó la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva y ordenó

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica