JUZGADO DE GARANTIA DE GRANEROS

MP/EXEQUIEL ELISEO ZARZAR CÓRDOVA.

Rol

Fecha

10 de mayo de 2025

Materia

PRODUCCION Y TRAFICO DE PRECURSORES ART. 2 LEY 20.000

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: 1.- Que, atendido el mérito de los antecedentes vertidos en estrados por los intervinientes,

Fundamentos

considerando que no han variado sustancialmente las circunstancias tenidas a la vista para decretar la prisión preventiva en su oportunidad, estima esta Corte que la libertad del imputado Zarzar Córdova constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 140 del Código Procesal Penal, valorando para ello especialmente, la multiplicidad de delitos imputados, la gravedad de la pena asignada a los mismos y sus circunstancias y, en particular, la cantidad -más de 500 gramos- y naturaleza de la droga incautada al imputado, cual es, clorhidrato de cocaína. 2.- Que, en cuanto a la alegación de la defensa respecto de una eventual falta de participación de su representado en el delito de porte ilegal de arma de fuego adaptable, lo cierto es que según lo señalado en estrados por el Ministerio Público, el propio coimputado César Martínez, conductor del vehículo en que se desplazaba el imputado Zarzar (que oficiaba de copiloto), afirmó que este último era quien portaba un banano de color naranjo, mismo en el cual se encontró el arma de fuego adaptable, razón por la cual -por ahora- existen presunciones fundadas de participación en dicho ilícito por parte del encausado Zarzar, de conformidad con lo dispuesto en el literal b) del artículo 140 del Código Procesal Penal. 3.- Que, en consecuencia, la gravedad de los delitos imputados, sumado a los antecedentes hasta ahora recabados en la investigación, según se explicó, permiten concluir que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Por lo anterior y lo dispuesto en el artículo 140, 360 y siguientes del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de seis de mayo de dos mil veinticinco, dictada por el Juzgado de Garantía de Graneros en causa RIT 3019-2024, que mantuvo la prisión preventiva del imputado Exequiel Eliseo Zarzar Córdova. Comuníquese y devuélvase. Rol Corte 495-2025.Penal.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Rancagua Rancagua, diez de mayo de dos mil veinticinco. Vistos: 1.- Que, atendido el mérito de los antecedentes vertidos en estrados por los intervinientes, considerando que no han variado sustancialmente las circunstancias tenidas a la vista para decretar la prisión preventiva en su oportunidad, estima esta Corte que la libertad del imputado Zarzar Córdova constituye un peligro para la s

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