JUZGADO DE GARANTIA DE ARICA

MINISTERIO PUBLICO C/ JORGE ANDRES OLIVARES PEREZ

Rol

Fecha

9 de mayo de 2025

Materia

TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: Habiendo oído a los intervinientes y con el mérito de los antecedentes que se han expuesto en esta audiencia, de los que aparece que al menos respecto del delito de tráfico ilícito de drogas que se le imputa a Abigail Ramos Alcázar, existen elementos que permiten presumir de manera justificada su participación en aquél y coincidiendo con lo manifestado por la juez a quo, en relación a la necesidad de cautela para efecto de los fines del procedimiento, SE CONFIRMA la resolución apelada de ocho de mayo del año en curso, que sustituyó la prisión preventiva de la imputada ya individualizada, por otras medidas cautelares del artículo 155 del Código Procesal Penal. Comuníquese vía interconexión. Rol N° 344-2025 Penal. La presente acta sólo constituye un registro administrativo, en el que se resume lo acontecido y resuelto en la vista de la causa. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia.

Texto Completo (Preview)

Corte de Apelaciones de Arica. En Arica, a nueve de mayo de dos mil veinticinco. Sala: Primera Sala Rol: 344-2025 Penal Ruc: 2401537893-6 RIT: 562 - 2025 Tribunal: Juzgado de Garantía de Arica Integrantes: Ministros señor Marco Flores Leyton, señora Claudia Arenas González y Abogada Integrante, señora Sandra Negretti Castro. Relator (a): Julio Jáuregui Medina Digitador (a): Mariela Canc

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica