JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE CALDERA

PUMPIN/

Rol

Fecha

9 de mayo de 2025

Materia

MINERA, MANIFESTACIÓN (CONCESIÓN PARA EXPLOTACIÓN)

Resultado

OMITE PRONUNCIAMIENTO

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Hechos

Vistos: Advirtiéndose que la resolución apelada de 10 de junio de 2024 al pronunciarse sobre la solicitud de lo principal de folio 78 del expediente de origen, se remite a la resolución de 23 de mayo del mismo año, sin efectuar un pronunciamiento de fondo sobre lo planteado, en circunstancias de que las solicitudes que se resuelven mediante cada una de las referidas resoluciones corresponden a recursos de diversa naturaleza y fundamentados en normas distintas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 775 inciso final del código de procedimiento civil, devuélvanse los autos a primera instancia a objeto que se complemente la resolución de 10 de junio de 2024 y se emita pronunciamiento expreso respecto de la referida solicitud, dentro de quinto día, debiendo cumplirse con los trámites posteriores para su validez y reelevarse en su oportunidad los antecedentes para el conocimiento del o los recursos que se interpongan o hayan sido interpuestos. Atento lo previamente resuelto, SE OMITE PRONUNCIAMIENTO respecto del recurso de apelación deducido. Déjese sin efecto el decreto que ordenó dar cuenta y todo lo obrado en esta instancia, debiendo las partes hacer valer sus derechos y cumplir sus cargas procesales en el nuevo rol que se asigne a la causa, a su reingreso. Regístrese y archívese. N° Civil-126-2025

Fallo

se resuelven mediante cada una de las referidas resoluciones corresponden a recursos de diversa naturaleza y fundamentados en normas distintas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 775 inciso final del código de procedimiento civil, devuélvanse los autos a primera instancia a objeto que se complemente la resolución de 10 de junio de 2024 y se emita pronunciamiento expreso respecto de la referida solicitud, dentro de quinto día, debiendo cumplirse con los trámites posteriores para su validez y reelevarse en su oportunidad los antecedentes para el conocimiento del o los recursos que se interpongan o hayan sido interpuestos. Atento lo previamente resuelto, SE OMITE PRONUNCIAMIENTO respecto del recurso de apelación deducido. Déjese sin efecto el decreto que ordenó dar cuenta y todo lo obrado en esta instancia, debiendo las partes hacer valer sus derechos y cumplir sus cargas procesales en el nuevo rol que se asigne a la causa, a su reingreso. Regístrese y archívese. N° Civil-126-2025

Texto Completo (Preview)

C.A. de Copiapó Copiapó, nueve de mayo de dos mil veinticinco. Vistos: Advirtiéndose que la resolución apelada de 10 de junio de 2024 al pronunciarse sobre la solicitud de lo principal de folio 78 del expediente de origen, se remite a la resolución de 23 de mayo del mismo año, sin efectuar un pronunciamiento de fondo sobre lo planteado, en circunstancias de que las solicitudes que se resuelven med

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