JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE LA SERENA

JARDÍN SPA CON INSPECCION PROVINCIAL DEL TRABAJO

Rol

Fecha

9 de mayo de 2025

Materia

RECLAMO MULTAS ADMINISTRATIVAS

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTOS: En estos antecedentes RUC: 24-4-0601586-2; RIT: 423-2024 del Libro Laboral de esta Corte, caratulados “JARDÍN SPA CON INSPECCION PROVINCIAL DEL TRABAJO LA SERENA”, el abogado Pablo Andrés Chang Mandiola, por la reclamada, interpone recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva de 23 de octubre de 2024, que acogió la reclamación de multa administrativa interpuesta por Jardín SPA, en contra de la Inspección Provincial del Trabajo de La Serena, en cuanto se dejó sin efecto la Resolución Exenta N° 324 de 8 de julio de 2024, dictada por dicha Inspección; y, en su lugar acogió la solicitud de sustitución de multa por asistencia a programa de capacitación. Alega que el fallo ha incurrido en la causal del artículo 477 del Código del Trabajo, esto es, haberse dictado con infracción de ley que hubiere influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo. Como normas infraccionadas, sostiene que el sentenciador contravino lo dispuesto en el artículo 506 ter N° 2 del mismo cuerpo normativo, acogiendo el reclamo en favor del empleador al considerar que la multa se encontraría mal cursada, resolviendo la controversia en oposición al texto expreso de la norma referida. Resultando así, que de haberse aplicado lo establecido expresamente por el artículo reseñado, necesariamente el juez a quo debió haber arribado a la conclusión de encontrarse la Resolución N° 324 bien cursada y ajustada a derecho, rechazando el reclamo interpuesto por la empresa. Como peticiones concretas, solicitó acoger el presente recurso de nulidad, invalidar la sentencia definitiva y dictar la correspondiente sentencia de reemplazo, declarando que se rechaza la demanda interpuesta por Jardín Spa., en contra de la Inspección Provincial del Trabajo de La Serena, confirmando la Resolución Exenta N° 324 de 08 de julio de 2024, por encontrarse ajustada a derecho. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO Primero.- Que, como ya se dijo, el recurrente funda su arbitrio en la causal del artículo 477 del código citado, dónde se dispone que: “Tratándose de las sentencias definitivas, sólo será procedente el recurso de nulidad, cuando en la tramitación del procedimiento o en la dictación de la sentencia definitiva se hubieren infringido sustancialmente derechos o garantías constitucionales, o aquélla se hubiere dictado con infracción de ley que hubiere influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo…” , por haber infringido el sentenciador el artículo 506 ter N°2 del Código del Trabajo, normas que transcribe íntegramente, al igual que el fundamento Octavo del

Fallo

fallo ha incurrido en la causal del artículo 477 del Código del Trabajo, esto es, haberse dictado con infracción de ley que hubiere influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo. Como normas infraccionadas, sostiene que el sentenciador contravino lo dispuesto en el artículo 506 ter N° 2 del mismo cuerpo normativo, acogiendo el reclamo en favor del empleador al considerar que la multa se encontraría mal cursada, resolviendo la controversia en oposición al texto expreso de la norma referida. Resultando así, que de haberse aplicado lo establecido expresamente por el artículo reseñado, necesariamente el juez a quo debió haber arribado a la conclusión de encontrarse la Resolución N° 324 bien cursada y ajustada a derecho, rechazando el reclamo interpuesto por la empresa. Como peticiones concretas, solicitó acoger el presente recurso de nulidad, invalidar la sentencia definitiva y dictar la correspondiente sentencia de reemplazo, declarando que se rechaza la demanda interpuesta por Jardín Spa., en contra de la Inspección Provincial del Trabajo de La Serena, confirmando la Resolución Exenta N° 324 de 08 de julio de 2024, por encontrarse ajustada a derecho. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO Primero.- Que, como ya se dijo, el recurrente funda su arbitrio en la causal del artículo 477 del código citado, dónde se dispone que: “Tratándose de las sentencias definitivas, sólo será procedente el recurso de nulidad, cuando en la tramitación del procedimiento o en la dictación de la

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Jardín SPA Inspección Provincial del Trabajo Reclamo Multas Administrativas Rol N° 423-2024.- (I-126-2024 del Juzgado de Letras del Trabajo de La Serena) La Serena, nueve de mayo de dos mil veinticinco. VISTOS: En estos antecedentes RUC: 24-4-0601586-2; RIT: 423-2024 del Libro Laboral de esta Corte, caratulados “JARDÍN SPA CON INSPECCION PROVINCIAL DEL TRABAJO LA SERENA”, el abogado Pablo Andrés C

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