CRUCES PEÑA JORGE LUIS /POLICIA DE INVESTIGACIONES
Rol
Fecha
9 de mayo de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INCOMPETENCIA
Hechos
Vistos: 1°) Que, se ha recurrido de amparo en favor de Jorge Luis Cruces Peña, en contra del Servicio Nacional de Migraciones y del Policía de Investigaciones de Chile, solicitando que esta Corte restablezca el imperio del derecho, ordenándole a las recurridas dejar sin efecto la prohibición de ingreso al país y la Resolución Exenta N°22430199 de fecha 29 de septiembre de 2022, de la autoridad migratoria, que rechazó su regularización migratoria y dispuso el abandono del país. 2°) Que el artículo 21 de la Constitución Política de la República dispone que tal recurso debe ser conocido “por la magistratura que señale la ley”, mandato que cumple el artículo 63 del Código Orgánico de Tribunales, señalando que corresponde a las Cortes de Apelaciones conocer en primera instancia de los recursos de amparo. 3°) Que, del tenor del libelo consta que solo se indica el domicilio de los abogados de los recurrentes, ubicado en la comuna de Viña del Mar, más de no del recurrente propiamente tal. Por su parte, del mérito de los antecedentes acompañados, a saber, contrato de trabajo, certificado de cotizaciones previsionales, certificado de matrimonio, certificado de nacimiento de la hija del actor y antecedentes educacionales de la misma, se desprende que el amparado tiene domicilio en la Región Metropolitana. 4°) Que, en consecuencia,
Fundamentos
considerando el domicilio del amparado y lo establecido en el artículo 55, letra G) del Código Orgánico de Tribunales, el conocimiento del presente arbitrio constitucional ha sido atribuido por la ley a la jurisdicción de la Corte de Apelaciones de Santiago.
Fallo
Por lo expuesto y teniendo en consideración lo previsto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, y artículos 55 y 63 numeral 2° letra b) del Código Orgánico de Tribunales, se declara que esta Corte de Apelaciones es incompetente para conocer y resolver el recurso de amparo deducido a favor de Jorge Luis Cruces Peña, debiendo remitirse vía interconexión, por la vía más rápida los antecedentes a la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago, por estimarse que le corresponde el conocimiento y resolución de este asunto, sirviendo la presente resolución de atento oficio remisor. Regístrese y archívese en su oportunidad N°Amparo-1556-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Aep. Valparaíso, nueve de mayo de dos mil veinticinco. Proveyendo a folio 1, “Ingreso Recurso”: A todo: Vistos: 1°) Que, se ha recurrido de amparo en favor de Jorge Luis Cruces Peña, en contra del Servicio Nacional de Migraciones y del Policía de Investigaciones de Chile, solicitando que esta Corte restablezca el imperio del derecho, ordenándole a las recurridas dejar sin efect
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica