4º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

PROMOTORA CMR FALABELLA S.A./FERNANDEZ

Rol

Fecha

9 de mayo de 2025

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos y teniendo únicamente presente: Que en el caso de autos el juez de la causa excede las facultades del artículo 441 y de conformidad, además, con lo que prevén los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución de veinte de enero de dos mil veinticinco, dictada por el Cuarto Juzgado Civil de Santiago, en causa Rol N° C-42-2025 y, en su lugar se decide que un juez no inhabilitado deberá dar curso a la demanda como en derecho corresponde. Comuníquese. N°Civil-3226-2025. Pronunciada por la Novena Sala, integrada por el Ministro señor Hernán Alejandro Crisosto Greisse, el Ministro (S) señor Sergio Guillermo Córdova Alarcón y la Abogado Integrante señora Paola Herrera Fuenzalida. En Santiago, nueve de mayo de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Fallo

se decide que un juez no inhabilitado deberá dar curso a la demanda como en derecho corresponde. Comuníquese. N°Civil-3226-2025. Pronunciada por la Novena Sala, integrada por el Ministro señor Hernán Alejandro Crisosto Greisse, el Ministro (S) señor Sergio Guillermo Córdova Alarcón y la Abogado Integrante señora Paola Herrera Fuenzalida. En Santiago, nueve de mayo de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, nueve de mayo de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo únicamente presente: Que en el caso de autos el juez de la causa excede las facultades del artículo 441 y de conformidad, además, con lo que prevén los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución de veinte de enero de dos mil veinticinco, dictada por el Cuarto Juzgado Civil

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