SIN INFORMACION

CALDERÓN RIVEROS JAIME GUILLERMO/PRIMER JUZGADO DE POLICÍA LOCAL DE LAS CONDES

Rol

Fecha

9 de mayo de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece don Sebastián Cano Rojas, abogado, en favor de Jaime Calderón Riveros, interponiendo recurso de amparo en contra del 1° Juzgado de Policía Local de Las Condes, por haber dictado resolución de fecha 4 de febrero de 2025 en el proceso rol 21002-04-2024, que ordenó la reclusión nocturna del amparado por 15 días, debido al no pago de una multa impuesta en el contexto de una infracción a la Ley del Consumidor, actuación que considera ilegal, ya que el tribunal recurrido no cuenta con facultades para decretar apremios por el no pago de multas impuestas a beneficio fiscal, vulnerando con ello los derechos fundamentales de libertad personal y seguridad individual que la Constitución Política de la República garantiza a todas las personas en su artículo 21, por lo que solicita se deje sin efecto la referida resolución y se restablezca el imperio del derecho. Expone que el 20 de septiembre de 2024, el 1° Juzgado de Policía Local de Las Condes dictó sentencia definitiva en la causa rol 21002-04-2024, en la que acogió una querella infraccional por infracción a la Ley del Consumidor N°19.496, condenando a la empresa "MCI S.p.A." al pago de una indemnización de perjuicios y una multa a beneficio fiscal. Señala que la compañía condenada es representada legalmente por el amparado, don Jaime Calderón Riveros. Continúa relatando que, ante el incumplimiento del pago de la multa, el tribunal recurrido, mediante resolución de fecha 4 de febrero de 2025, despachó una orden de reclusión nocturna en contra del amparado por 15 días, medida que, de acuerdo a lo señalado por el recurrente, constituye una vulneración a la libertad personal y seguridad individual del amparado, pues la referida medida de apremio habría sido dispuesta por un órgano jurisdiccional que no cuenta con atribuciones legales para ello. En cuanto a los

Fundamentos

fundamentos jurídicos, en el caso de autos, la libertad personal y la seguridad individual del amparado se encuentran conculcadas, toda vez que el 1° Juzgado de Policía Local de Las Condes dispuso la medida de reclusión nocturna del amparado en circunstancias que, como ha dispuesto la Excma. Corte Suprema, los Juzgados de Policía Local no se encuentran facultados para adoptar tal medida respecto de multas impuestas a beneficio fiscal. Refuerza su argumentación señalando que este planteamiento encuentra respaldo en la Ley sobre Protección de los Derechos de los Consumidores N°19.496, la cual señala, en su artículo 61, que las multas asociadas a esta ley son de beneficio fiscal. Asimismo, invoca la Ley N°18.287 sobre Procedimientos ante los Juzgados de Policía Local, específicamente sus artículos 22 y 23, los cuales, según señala, establecen claramente que las multas impuestas por este tipo de tribunales se aplican en beneficio de la Municipalidad, y sólo respecto de éstas últimas, los Juzgados de Policía Local pueden establecer medidas compulsivas como la reclusión nocturna. En cuanto a la vulneración de derechos constitucionales, sostiene que la resolución impugnada configura una amenaza ilegal a los derechos de libertad personal y seguridad individual del amparado, toda vez que los Juzgados de Policía Local no se encuentran facultados para decretar órdenes de reclusión nocturna respecto de multas relacionadas a infracciones a la Ley sobre Protección de los Derechos de los Consumidores, siendo el recurso de amparo el mecanismo idóneo para la protección de dichos derechos, por haber excedido el Juzgado de Policía Local sus facultades, sustituyendo una pena pecuniaria por una privativa de libertad.

Fallo

Por estas razones, solicita que se acoja el presente recurso y, en su mérito, se deje sin efecto la resolución de fecha 4 de febrero de 2025 dictada por el 1° Juzgado de Policía Local de Las Condes en el proceso rol 21002-04-2024, que dispuso la reclusión nocturna del amparado por 15 días, con costas. SEGUNDO: Que, informando el recurso, don Cristián Arévalo Araneda, Juez Titular del Primer Juzgado de Policía Local de Las Condes, expuso que, con fecha 2 de abril de 2024, doña Ivena Arinka Mitrovic Fasciani, en representación de Inversiones Mahakala Limitada, interpuso querella infraccional y demanda civil de indemnización de perjuicios en contra de MCI SpA, representada por don Jaime Calderón Riveros, por infracción a la Ley N° 19.496, sobre Protección de los Derechos de los Consumidores. Agrega que, con motivo de dicha querella y por los fundamentos expuestos en la sentencia de fecha 30 de septiembre de 2024, el proveedor fue sancionado al pago de una multa de 30 UTM, estableciéndose además que, en caso de no pago de la multa, se impondría por vía de sustitución y apremio, a quince noches de reclusión, sin otro apercibimiento, y fue condenado también al pago de una indemnización por concepto de daños ascendente a $25.161.153.- Hace presente que, atendido lo anterior y en virtud de lo establecido en el artículo 182 del Código de Procedimiento Civil, habiendo sido válidamente notificada la sentencia de autos, se produjo el desasimiento del tribunal para alterarla o modificarl

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C.A. de Santiago Santiago, nueve de mayo de dos mil veinticinco VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece don Sebastián Cano Rojas, abogado, en favor de Jaime Calderón Riveros, interponiendo recurso de amparo en contra del 1° Juzgado de Policía Local de Las Condes, por haber dictado resolución de fecha 4 de febrero de 2025 en el proceso rol 21002-04-2024, que ordenó la reclusión nocturna d

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