FABRICAS Y MAESTRANZAS DEL EJERCITO/CATALÁN
Rol
160777-2022
Fecha
23 de diciembre de 2022
Materia
Reforma Laboral
Resultado
INADMISIBLE RECURSO DE QUEJA
Hechos
Visto y teniendo presente: Primero: Que de conformidad con el artículo 545 del Código Orgánico de Tribunales, el recurso de queja sólo procede en contra de sentencias definitivas o interlocutorias que ponen término al juicio o hacen imposible su prosecución y siempre que no sean susceptibles de ningún otro recurso, sea ordinario o extraordinario. Segundo: Que las resoluciones que se impugnan en estos antecedentes son aquella que no dio lugar a la solicitud de suspensión de la vista de la causa y la que declaró el abandono del recurso de nulidad; las que no participan de la naturaleza jurídica antes indicada, razón suficiente para declarar inadmisible el recurso intentado en autos. Y en conformidad, además, a lo dispuesto en la letra a) del artículo 549 del Código Orgánico de Tribunales, se declara inadmisible el recurso de queja. Al primer otrosí: a sus antecedentes. Al segundo, tercer y cuarto otrosí: estése a lo resuelto. Al quinto otrosí: téngase presente. Regístrese y archívese. N° 160.777 -22
Fallo
se declara inadmisible el recurso de queja. Al primer otrosí: a sus antecedentes. Al segundo, tercer y cuarto otrosí: estése a lo resuelto. Al quinto otrosí: téngase presente. Regístrese y archívese. N° 160.777 -22
Texto Completo (Preview)
Santiago, veintitrés de diciembre de dos mil veintidós. Visto y teniendo presente: Primero: Que de conformidad con el artículo 545 del Código Orgánico de Tribunales, el recurso de queja sólo procede en contra de sentencias definitivas o interlocutorias que ponen término al juicio o hacen imposible su prosecución y siempre que no sean susceptibles de ningún otro recurso, sea ordinario o extraordina
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