SALINAS MUÑOZ YEFERSON DABIAN/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
9 de mayo de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos: A folio 1, se interpone recurso de amparo en favor de Yeferson Dabian Salinas Muñoz, de nacionalidad venezolana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la no emisión de un certificado de residencia en trámite, vulnerando su libertad personal. Señala que el 14 de mayo de 2021 solicitó regularizar su situación migratoria conforme al artículo octavo transitorio de la Ley 21.325, la que fue rechazada con fecha 17 de julio de 2023 disponiendo su abandono del país, fundado en no haber presentado certificado de estado de causa en una denuncia como autor del delito de hurto simple. Añade que posteriormente, el 24 de noviembre de 2023 se le comunicó la decisión de no perseverar en la investigación, por lo que dedujo recurso de amparo ante la Corte de Apelaciones de Santiago, tramitado bajo el Rol 1013-2024, el que fue primeramente rechazado, pero apelada la sentencia, fue acogido por la Corte Suprema, la que ordenó al Servicio Nacional de Migraciones estudiar nuevamente los antecedentes. Sostiene que, producto de lo anterior, mediante Oficio Ordinario N°49094, de 13 de septiembre de 2024, el recurrido le informó que debía remitir una serie de antecedentes, a su juicio, desobedeciendo lo resuelto por la Corte Suprema, por lo que interpuso otro recurso de amparo por esta situación, el que sin embargo fue desestimado. Expresa que el amparado viajó a Colombia y tiene como fecha de regreso a Chile el 12 de mayo, siendo informado a su salida que no podría ingresar al país a su retorno. Argumenta que la actuación del recurrido es ilegal y amenaza su derecho a ingresar legalmente al país, por lo que solicita se acoja el recurso, concediendo el certificado que acredite que su solicitud de regularización migratoria se encuentra en trámite. A folio 6, el recurrido Servicio Nacional de Migraciones, evacúa informe señalando que con fecha 14 de mayo de 2021, el recurrente solicitó regularizar su situación migratoria en virtud del proceso de regularización conten
Fundamentos
considerando: Primero: Que, la acción de amparo es un proceso de tutela urgente del derecho fundamental a la libertad personal y seguridad individual, establecido en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la República, que es procedente en aquellos casos en que una persona fuere arrestada, detenida o presa con infracción a la Constitución o a las leyes o sufra cualquier otra privación, perturbación o amenaza al derecho fundamental antes aludido, fuera de los casos en que el ordenamiento jurídico lo permite. Segundo: Que, lo que se solicita por esta vía constitucional, el recurrente reclama por la omisión de parte del Servicio recurrido consistente en no poner a su disposición un certificado de residencia en trámite. Tercero: Que, es un hecho no discutido que actualmente el amparado mantiene un proceso de regularización migratoria en curso, según ha dado cuenta la propia recurrida en su informe. Cuarto: Que, siendo lo solicitado solamente un certificado que se limite a dar cuenta de esta situación, no se observa inconveniente alguno en que éste sea emitido por la autoridad migratoria correspondiente. Quinto: Que, atendido que el amparado salió del país y tiene fecha de retorno a Chile el día 13 de mayo próximo, la omisión reprochada afecta su libertad ambulatoria, por cuanto dicho instrumento podría ser requerido para su ingreso por la autoridad policial a cargo de dicha función en el control fronterizo pertinente, por lo que el presente arbitrio será acogido como se dirá.
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 19 N°7 y 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se acoge, sin costas, el recurso de amparo deducido a favor de Yeferson Dabian Salinas Muñoz en contra del Servicio Nacional de Migraciones y, por consiguiente, se ordena a la recurrida emitir el certificado requerido en el plazo de 24 horas desde su notificación, debiendo informar a esta Corte del cumplimiento de lo ordenado. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-1309-2025. En Valparaíso, nueve de mayo de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso. Valparaíso, nueve de mayo de dos mil veinticinco. Vistos: A folio 1, se interpone recurso de amparo en favor de Yeferson Dabian Salinas Muñoz, de nacionalidad venezolana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la no emisión de un certificado de residencia en trámite, vulnerando su libertad personal. Señala que el 14 de mayo de 2021 solicitó regularizar su situació
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